Qué es el certificado energético de una vivienda

El certificado energético: obligatorio para alquilar un piso

Tal vez seas propietario de un piso y te estarás informando sobre todas las condiciones y la documentación necesaria para alquilarlo legalmente. Si es tu caso, debes saber que, desde hace unos años, uno de los documentos obligatorios para alquilar (y vender) una vivienda es el certificado energético.

En este artículo te contamos qué es exactamente el certificado energético, cómo se consigue y cuánto tiempo dura, entre otras cuestiones que te interesan para alquilar tu piso de forma segura.

 ¿Qué es el certificado energético?

El certificado energético es un documento oficial que refleja el consumo de energía y las emisiones de CO2 de la vivienda en cuestión, ya sea de nueva construcción o antigua. Esta certificación obligatoria entró en vigor en España por aplicación del Real Decreto 235/2013.

El cálculo de la eficiencia energética de una vivienda se realiza mediante un proceso que tiene en cuenta aspectos de esta como:

  • Superficie, forma y situación de la vivienda.
  • Instalaciones térmicas y de iluminación.
  • Condiciones de funcionamiento y ocupación.
  • Envolvente térmica (conjunto de cerramientos que aíslan los espacios habitables del exterior).

¿Cómo se consigue el certificado energético?

Para conseguir el certificado energético de una vivienda y así poder alquilarla o venderla, hay que seguir una serie de pasos, que vemos a continuación.

Visita de un técnico cualificado

Lo primero que se debe hacer para conseguir el certificado energético es ponerse en contacto con un técnico cualificado para que visite la vivienda. Este profesional calculará la eficiencia energética y las emisiones de CO2 basándose en los criterios que mencionamos arriba.

Preparación del certificado

Una vez realizada esta evaluación, el técnico prepará el certificado de energía con las aplicaciones homologadas del Ministerio de Industria. Las más comunes son la CE3 y la CE3X.

Registro en el organismo competente

El registro del certificado energético debe hacerse en el órgano competente de cada comunidad autónoma. Por ejemplo, en el caso de Cataluña se trata del Instituto Catalán de Energía, mientras que la Comunidad de Madrid es la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

Generación de la etiqueta energética

Cuando el certificado ha sido registrado en el organismo competente, el propietario de la vivienda debe pagar las tasas (que varían según la comunidad autónoma) para obtener la etiqueta energética con la letra correspondiente, de la que hablamos justo abajo.

La etiqueta de certificación energética

El informe que realiza el técnico consta de varias páginas que se “resumen” en la conocida como etiqueta de certificación energética, donde aparece la siguiente información:

Datos del edificio

Recogen el tipo de edificio, dirección, referencia catastral y normativa vigente en el momento de su construcción.

Escala de calificación energética

Esta escala va desde la letra A hasta la G. Obtener una A significa que la vivienda es más eficiente y menos contaminante en términos de emisiones de CO2. En el lado opuesto, la letra G la reciben las viviendas más contaminantes y que más energía consumen.

Registro y validez del certificado

Se trata del número de registro del certificado energético y su periodo de validez, que es de una duración de diez años salvo para las letras G, que será de cinco.

Cuánto cuesta el certificado energético

El precio del certificado energético puede variar según diversos factores como la ubicación, el tamaño de la vivienda, y la empresa o profesional que lo emita. En España, el coste promedio oscila entre 50 y 150 euros para una vivienda estándar, aunque este precio puede incrementarse en el caso de propiedades de mayor tamaño o con características especiales.

Es importante recordar que los honorarios no están regulados de manera estricta, por lo que es recomendable solicitar varios presupuestos a profesionales acreditados para comparar precios. Además, asegúrate de que el técnico esté inscrito en el registro correspondiente para garantizar la validez del certificado.

Multas por no tener la certificación energética

No contar con el certificado energético puede conllevar sanciones económicas según la normativa vigente en España. Las multas se dividen en tres categorías según la gravedad de la infracción: leves, graves y muy graves, y los importes pueden oscilar entre 300 y 6.000 euros.

Por ejemplo, anunciar una vivienda para la venta o alquiler sin incluir su calificación energética se considera una infracción leve, mientras que falsear datos en el certificado es una infracción muy grave. Además de las sanciones económicas, no disponer del certificado puede retrasar o incluso invalidar operaciones de venta o alquiler. Por ello, es fundamental obtener este documento antes de poner la propiedad en el mercado.

¿Es necesario el certificado energético para alquilar o vender una vivienda?

El certificado energético es obligatorio tanto para vender como para alquilar una vivienda en España. Esta normativa, en vigor desde 2013, establece que cualquier propietario que desee vender o alquilar su vivienda debe presentar este documento como parte de los requisitos legales.

En el caso del alquiler, el arrendador debe proporcionar una copia del certificado al inquilino. Para la venta, el documento debe ser entregado al comprador en el momento de la transacción. La finalidad de esta medida es fomentar la eficiencia energética y proporcionar a los futuros ocupantes información transparente sobre el consumo energético y las emisiones de CO₂ de la propiedad.

Casos en los que no se necesita el certificado energético

El Real Decreto 235/2013 recoge que el certificado energético es obligatorio siempre que se compren o alquilen edificios o partes de los mismos. Sin embargo, hay algunos supuestos en los que no es necesario presentar la certificación energética, cuando:

  • La superficie útil de la vivienda destinada a compra o alquiler es inferior a los 50 metros cuadrados y están en una zona aislada.
  • Es un edificio industrial que se va a destinar a talleres o a la actividad que tenga lugar en él.
  • Se compra un inmueble para demolerlo o para realizar en él reformas mayores.
  • La vivienda se destine a un alquiler con una duración máxima de cuatro meses al año.

Si la vivienda que deseas poner en alquiler no cumple uno de estos requisitos, deberás solicitar el certificado energético. El contrato de alquiler deberá indicar que se cuenta con certificado energético y, además, el inquilino deberá recibir una copia de la etiqueta en el momento de la firma de este.

Beneficios de contar con certificado energético para alquilar una vivienda

Más allá de las multas previstas por no contar con él, disponer de un certificado energético con alta calificación es un gran reclamo para los inquilinos interesados en alquilar dicha vivienda.

La razón es que una calificación de A significa que la vivienda es más eficiente, por lo que es probable que la factura de la luz y del gas (si lo hay) sea mucho menor que si se trata de una vivienda con una calificación de G. De hecho, se calcula que las etiquetas A gastan hasta un 70% menos de energía que las G.

Cómo hacer que una vivienda sea más eficiente energéticamente

Mejorar la eficiencia energética de una vivienda beneficia al medioambiente, reduce los costes de consumo energético y puede aumentar la calificación del certificado. Aquí tienes algunas estrategias clave para lograrlo:

  • Aislamiento térmico: asegúrate de que las paredes, techos y ventanas estén bien aislados para evitar pérdidas de calor en invierno y mantener la frescura en verano.
  • Renueva las ventanas: instala ventanas de doble acristalamiento con marcos de calidad para mejorar el aislamiento y minimizar la entrada de corrientes de aire.
  • Actualiza los sistemas de calefacción y refrigeración: sustituye los equipos antiguos por sistemas más modernos y eficientes, como calderas de condensación o bombas de calor.
  • Utiliza electrodomésticos eficientes: apuesta por aparatos con etiqueta energética de clase A o superior, que consumen menos electricidad y agua.
  • Instala paneles solares: siempre que sea posible, la energía solar es una solución sostenible que puede abastecer tanto la electricidad como el agua caliente de tu vivienda.
  • Aprovecha la luz natural: Maximiza el uso de luz natural para reducir la dependencia de la iluminación artificial y considera instalar bombillas LED en toda la vivienda.

¿Estás interesado en poner tu vivienda en alquiler?

Si dispones del certificado energético y de toda la documentación restante obligatoria, estarás pensando: “¿Cómo puedo hacer para alquilar mi piso y no tener que preocuparme por los impagos?”.

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El aval bancario como garantía para el alquiler de una vivienda o local

El aval bancario para un alquiler: qué es y cómo funciona

Uno de los mayores temores que tienen los propietarios a la hora de alquilar su piso es tener que hacer frente a inquilinos morosos. Y es que, por muchas garantías que se soliciten, puede haber casos en los que estas no sean suficientes (por ejemplo, solicitar un depósito de alquiler además de una fianza).

Ante esta situación, y por su tranquilidad, algunos propietarios piden al inquilino un aval bancario para alquilar la vivienda. Pero ¿qué es un aval bancario para el alquiler? ¿Es legal pedirlo? ¿Cómo funciona?

En las siguientes líneas damos respuesta a estas preguntas.

¿Qué es un aval bancario para el alquiler?

Un aval bancario para el alquiler es un tipo de garantía monetaria que el banco ofrece al propietario de un piso en alquiler.

Mediante la firma de este contrato entre el banco y el inquilino, la entidad financiera da fe de la estabilidad y de la solvencia económica del avalado para pagar las mensualidades y/o cualesquiera otras obligaciones pactadas con el propietario de la vivienda (por ejemplo, la realización de una obra o reforma en el piso de alquiler).

Así, ante un impago por parte del inquilino, será la entidad bancaria avalista quien se hará cargo de la deuda contraída por aquel en los términos y las condiciones pactados en el contrato del aval.

¿Es legal que un propietario pida un aval bancario para alquilar su piso?

El Artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos reconoce la libertad de las partes para pactar cualquier tipo de garantía adicional que asegure al propietario disponer del dinero suficiente para cubrir posibles impagos, desperfectos, etc.

Concretamente, esta libertad está especificada en el Punto 5 de dicho artículo:

“Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico”.

Por tanto, aunque no es obligatorio (como sí lo es la fianza), es perfectamente legal que un propietario pida un aval bancario para alquilar su piso.

¿Cómo se solicita un aval bancario para el alquiler?

Deberá ser el futuro inquilino quien se dirija a su banco para pedir el aval del alquiler.

Las condiciones de un aval para alquilar una vivienda varían según la entidad financiera, pero cualquier banco tendrá en cuenta diferentes variables como las siguientes:

Historial financiero del candidato a inquilino

El historial financiero o crediticio es un informe donde aparecen las posibles deudas que esa persona tiene actualmente o que tuvo en el pasado.

Este informe sirve al banco para determinar el nivel de confianza, es decir, si el interesado en pedir un aval es un «buen pagador».

Situación laboral

La situación laboral del interesado también influirá en el nivel de confianza del banco: si está en situación de desempleo, el tipo de contrato de trabajo que tiene, lo que ingresa al mes, etc.

El tipo de contrato de alquiler

También es posible que la entidad tenga la política de conceder avales solo para ciertos tipos de contratos de alquiler. Por ejemplo, no conceder este tipo de garantía para contratos de alquiler temporales (1 año, 6 meses…).

El inquilino deberá aportar toda la documentación para que la entidad pueda estudiar su caso: últimas nóminas, declaraciones de la renta… También será él quien deba asumir los costes de apertura, los intereses y las comisiones derivadas de la solicitud de un aval para el pago del alquiler (los cuales, a diferencia de otro tipo de servicios financieros, no son muy elevados).

La pignoración

Para conceder el aval bancario, además de lo que acabamos de ver, es frecuente que las entidades soliciten al inquilino el ingreso de un depósito equivalente a 3-6 meses de renta.

Esto último es lo que se conoce como pignoración, o, en lenguaje cotidiano, dejar un dinero como prenda, dinero que el inquilino no podrá tocar hasta el levantamiento del aval. El banco recurrirá a ese depósito para hacer frente a los impagos, y, en caso de que la deuda fuera mayor, solicitará al inquilino el abono de la diferencia.

Es muy importante que el contrato de arrendamiento incluya la existencia del aval bancario, especificando las obligaciones que contrae el banco con el propietario y durante cuánto tiempo lo hace.

Si el contrato de alquiler no especifica nada, el banco podría estar obligado a hacerse cargo de las obligaciones sin límite y durante el tiempo que dure el contrato, incluidas las prórrogas que pueda haber.

¿Qué información debe contener el documento del aval bancario?

La información recogida en el contrato del aval bancario puede depender de cada entidad financiera, pero en términos generales debe incluir:

– El importe total de la póliza contratada por el inquilino.

– Tiempo de duración del aval, obligaciones de la entidad financiera, excepciones y condiciones para su renovación.

– Condiciones de cobro por parte del propietario en caso de que el inquilino incurra en un impago.

Mi inquilino no ha pagado y dispone de aval bancario, ¿cómo reclamo la renta?

Como acabamos de mencionar en el apartado anterior, el contrato del aval bancario debe recoger las circunstancias y la manera en las que el propietario puede solicitar a la entidad el abono de la deuda de su inquilino: solicitar la deuda primero al inquilino y luego al banco, solicitarla directamente al banco…

Sea como fuere, para acceder al aval, el propietario deberá presentar al banco el documento del aval y otro que indique la cantidad adeudada, salvo que el contrato incluya la llamada cláusula de primer requerimiento, que autoriza al propietario a ejecutar el aval bancario (solicitar el pago) sin presentar ningún documento formal.

Esta manera de ejecutar el aval es sin duda la más beneficiosa para el propietario, pero cuidado: si el propietario se cobra mensualidades de manera ilegítima (por ejemplo, cuando el inquilino sí ha pagado o cuando aún no ha llegado el periodo de pago de la renta), el inquilino podría reclamar su devolución.

Alternativas a un aval bancario para el pago del alquiler

Dentro del espectro de garantías adicionales que la LAU autoriza, los propietarios de pisos en alquiler pueden solicitar, en lugar de un aval bancario, un aval solidario (persona física) o un depósito de alquiler, o incluso contratar un seguro de alquiler que los cubra de impagos por parte de su inquilino.

Nosotros, en Wolo, ofrecemos a los propietarios que quieren alquilar una alternativa para disfrutar de un alquiler seguro, recibiendo la mensualidad puntualmente cada mes y pase lo que pase.

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Dónde depositar la fianza del alquiler de viviendas o locales

¿Dónde se deposita la fianza de un alquiler?

Cuando se firma un contrato de arrendamiento, el inquilino debe pagar obligatoriamente una fianza de alquiler tanto para viviendas como para locales, como recoge el Artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Esta cantidad podría ser usada por el propietario para, por ejemplo, hacer frente a posibles impagos del inquilino o a desperfectos que haya causado en la vivienda o el local alquilado.

Sin embargo, en contra de lo que piensan algunos inquilinos, el dinero correspondiente a la fianza no lo “custodia” el propietario, sino que este debe depositarlo en el organismo correspondiente de cada comunidad autónoma. De hecho, no depositar la fianza es uno de los métodos que tiene Hacienda para detectar fraudes en los alquileres.

En definitiva, la fianza supone una doble obligación: para el inquilino, que debe pagarla, y para el propietario, que debe depositarla donde corresponda según la autonomía donde se encuentre el inmueble alquilado.

Dónde se deposita la fianza en cada comunidad autónoma

Si estás pensando en alquilar tu piso y tienes dudas sobre dónde depositar la fianza, abajo te dejamos un listado con los organismos competentes en cada comunidad autónoma.

Veamos cuáles son por orden alfabético de autonomías.

Andalucía

En la autonomía más poblada de España, el organismo responsable de la custodia de la fianza es la AVRA, la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, adscrita a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.

Aragón

Las fianzas de los contratos de alquiler formalizados en el territorio maño deben depositarse en la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.

Baleares

Los propietarios que alquilen su vivienda o local en el territorio balear, están obligados a depositar la fianza en el IBAVI, el Instituto Balear de la Vivienda.

Canarias

En el caso de las islas guanches, el organismo competente en materia de alquileres urbanos es el Instituto Canario de la Vivienda.

Castilla-La Mancha

La Dirección General de Vivienda y Urbanismo de Castilla-La Mancha es la encargada de custodiar la fianza de los alquileres y su posterior devolución.

Castilla y León

Siguiendo con las Castillas, en Castilla y León la gestión del depósito y devolución de las fianzas es competencia del Consejo General de las Cámaras de la Propiedad Urbana de Castilla y León.

Cataluña

En Cataluña, el Instituto Catalán del Suelo (INCASOL) se encarga del depósito y de la devolución de la fianza de alquiler. Debes saber que, a partir del 1 de febrero de 2023, será necesaria la identificación electrónica para poder realizar estos trámites.

Ceuta

El organismo competente en la materia es el EMVICESA, Empresa Municipal de la Vivienda de Ceuta.

Comunidad Valenciana

Los alquileres cerrados en territorio valenciano deben depositarse en la Dirección General de Tributos y Juego, organismo competente en materia autonómica de hacienda, entre otras cosas.

Extremadura

En Extremadura, la siguiente en la lista, la Caja General de Depósitos de la Tesorería de la Junta de Extremadura es la responsable de gestionar los trámites relativos al depósito y entrega de la fianza de alquiler.

Galicia

En la comunidad gallega, los propietarios deben depositar la fianza en el Instituto Gallego de Vivienda y Suelo.

Madrid

Los propietarios que alquilen su piso en Madrid deben depositar la fianza en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, más conocida como IVIMA.

Melilla

En el caso de la segunda ciudad autonómica, la fianza es custodiada por EMVISMESA, la Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo de Melilla.

País Vasco

Las fianzas de los alquileres formalizados en el territorio del País Vasco se dejan en custodia del Servicio Vasco de Vivienda, adscrito al Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes.

Comunidades donde no es obligatorio el depósito de la fianza

Como seguro habrás notado, en la lista anterior faltan cuatro comunidades autónomas donde no existe la obligación de depositar la fianza del alquiler. Estas comunidades son Asturias, Cantabria, Navarra y La Rioja, territorios donde lo común es que sí sea el propietario quien se encargue de la custodia.

¿Cuánto tiempo tiene el propietario para depositar la fianza y qué ocurre si no lo hace?

Una vez dispone del dinero pagado en concepto de fianza, la obligación de depositarla es exclusivamente del propietario.

Al ser competencia de cada comunidad autónoma, el plazo del que dispone para hacerlo varía, aunque suele ir de los 15 días (como en la Comunidad Valenciana) hasta los 2 meses (por ejemplo, en Cataluña). Si, cumplido el plazo estipulado, el propietario no ha depositado esta cantidad, se enfrenta a posibles multas impuestas por la comunidad autónoma.

Igualmente, sin el depósito de la fianza, Hacienda no podría conceder al inquilino ciertos beneficios fiscales por deducción del alquiler, por ejemplo, si afecta parte de la vivienda a su actividad como autónomo. Así, el propietario también podría enfrentarse a una indemnización por los daños y perjuicios causados a su inquilino por esta razón.

Recordemos aquí que, al igual que el propietario tiene un plazo para depositar la fianza, el inquilino dispone de 30 días para pagarla desde el momento de la firma del contrato. En caso contrario, el propietario podría rescindir el contrato de alquiler.

¿Quién custodia el depósito de un alquiler?

Como comentamos en nuestro post sobre las diferencias entre la fianza y el depósito de alquiler, una de ellas es que el depósito de alquiler sí “se lo queda” el propietario. Es decir, no tiene que depositarlo en ningún organismo, como ocurre con la fianza.

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La fianza y el depósito en un piso de alquiler

Fianza y depósito de alquiler, definición y diferencias

Cuando una persona interesada en alquilar un piso busca, no es raro que se encuentre con anuncios en los que, además de la fianza, también se pide un depósito de alquiler.

Los dos son cantidades que el inquilino debe pagar al propietario de la vivienda, pero ¿son exactamente lo mismo o hay diferencias entre ellas? En este post resolveremos, pues, las dudas relativas a la fianza y al depósito de alquiler.

¿Qué es la fianza del alquiler?

Como ya comentamos en nuestro post sobre la devolución de la fianza del alquiler, esta es la cantidad que el inquilino debe pagar al propietario cuando firman el contrato o, como máximo, a los 30 días de su fecha de celebración.

Se trata de un desembolso obligatorio, y equivale a una mensualidad en el caso de las viviendas y a dos meses si el inmueble se destina a otro fin (oficina, etc.).

Por lo general, la fianza de alquiler se abona en efectivo, aunque en algunas comunidades autónomas se permite el pago mediante transferencia bancaria, una comodidad para el propietario, el inquilino y, además, los órganos regulatorios y las plataformas de alquiler de pisos digitales.

¿Qué es el depósito de alquiler?

El depósito de alquiler, que, como la fianza, también está recogido en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), es una cantidad de dinero que el propietario puede solicitar en concepto de garantía adicional para la vivienda.

Así, el Artículo 36.5 de la LAU estipula que el propietario y el inquilino pueden pactar el pago de un depósito de alquiler.

El depósito de alquiler se actualiza anualmente, pero su valor nunca puede ser superior a los dos meses de renta, cuando se trata de contratos de alquiler de vivienda por una duración de 5 años (los que se hacen hoy día).

Diferencias entre la fianza y el depósito de alquiler

Como vemos, fianza y depósito de alquiler son conceptos muy parecidos, aunque presentan ciertas diferencias que explicamos a continuación.

El carácter obligatorio

La primera diferencia entre ambas cantidades es la obligatoriedad o no de las mismas.

El pago de la fianza de alquiler es un requisito obligatorio para poder celebrar el contrato. Sin embargo, el depósito de alquiler es una posibilidad que tiene el propietario de la vivienda (no es obligatorio), posibilidad que tiene que negociar con el futuro inquilino.

La custodia

Algunos inquilinos piensan que la fianza del alquiler “se la queda” el propietario, pero esto no es así.

En realidad, el importe de la fianza se deposita en el organismo competente de cada comunidad autónoma. Por ejemplo, INCASOL, cuando se alquila un piso en Barcelona, y el IVIMA, en los alquileres de pisos en Madrid.

Esto no ocurre con el depósito de alquiler, que sí es “custodiado” por el propietario de la vivienda.

El plazo de devolución

Fianza y depósito de alquiler sirven para cubrir posibles impagos y desperfectos que el inquilino haya causado. Pero, si se reúnen las condiciones para su devolución, el propietario tiene la obligación de hacerlo.

En el caso de la fianza, el propietario tiene un plazo máximo de 30 días para realizar la devolución a su antiguo inquilino. Si no la hiciera, este podría denunciarlo por daños y perjuicios.

Para el depósito de alquiler, el plazo máximo para la devolución es de 60 días contando desde el vencimiento o la rescisión del contrato de alquiler.

La cantidad pagada

Como dijimos más arriba, la fianza de alquiler debe equivaler a un mes de renta si el inmueble se destina a residencia habitual, o a dos mensualidades si el uso que se le dará es distinto.

Respecto a esta otra garantía adicional (que, recordamos, no es obligatoria), la ley deja la libertad a inquilino y propietario para pactar la cantidad del depósito de alquiler, pero nunca puede ser superior a dos mensualidades.

¿Por qué solicitar un depósito además de la fianza de alquiler?

El depósito de alquiler es, en definitiva, una garantía adicional que el propietario puede solicitar para cubrir los posibles desperfectos o impagos en los que pueda incurrir el inquilino, si estima que con la fianza no sería suficiente.

Por ejemplo, podría ser que el piso contara con electrodomésticos de última generación y muy costosos. Así, con el depósito del alquiler, el propietario se aseguraría de disponer del dinero suficiente para pagar los (caros) electrodomésticos que se estropearan en el piso alquilado si resultasen dañados por negligencias o malos usos por parte del inquilino. También es legal que el propietario solicite al inquilino un aval bancario relativo al alquiler.

La fianza se indica en el contrato, pero ¿y el depósito de alquiler?

Como la fianza, el pago de un depósito de alquiler debe estar reflejado en el contrato.

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¿Qué es la cédula de habitabilidad de una vivienda?

¿Qué es la cédula de habitabilidad de un inmueble?

Una de las cuestiones importantes previas a la hora de vender o poner un piso en alquiler es saber si la vivienda cuenta con cédula de habitabilidad. Por un lado, en algunas comunidades autónomas es requisito obligatorio disponer de ella y, por otro, aporta un “plus” de tranquilidad al futuro comprador o inquilino de la vivienda.

Si nunca habías oído hablar de este documento, en el post de esta semana te lo contamos todo sobre él.

Definición de cédula de habitabilidad

La cédula de habitabilidad, también llamada a veces licencia de ocupación, es un documento administrativo que acredita que una vivienda reúne las condiciones mínimas para ser habitada.

Este documento certifica el cumplimiento de requisitos como la superficie útil, la salubridad, los equipamientos y cualesquiera otros requisitos exigidos por la autoridad competente para expedir dicho certificado.

Requisitos para obtener la cédula de habitabilidad

La competencia de la cédula de habitabilidad recae en las comunidades autónomas, por lo que los requisitos para obtenerla pueden variar entre una y otra. No obstante, sí podemos hablar de algunos requisitos generales para obtener el certificado.

Seguridad

La vivienda debe constar de un mantenimiento de las instalaciones de suministros, además de una calidad mínima de los materiales del continente (es decir, suelos, paredes, techos).

Higiene y salubridad

Las condiciones de higiene y salubridad a las que se refiere la cédula de habitabilidad son los mínimos de ventilación e iluminación naturales.

Distribución o configuración

Existen también requisitos mínimos en cuanto a la superficie, la altura, dependencias o estancias, equipamiento de ventanas y puertas

Tipos de cédulas de habitabilidad

Cabe hablar de tres tipos de cédulas, que son los siguientes:

De primera ocupación

Es el certificado que se exige para las viviendas de nueva construcción. Esta primera licencia la entrega el ayuntamiento al constructor o promotor inmobiliario, por lo que no es necesario tramitarla a posteriori.

De rehabilitación

Después de llevar a cabo obras de conservación o rehabilitación de una vivienda, es necesario contar con una cédula de habitabilidad que certifique que la vivienda sigue reuniendo los requisitos mínimos.

De segunda ocupación

Se trata de las cédulas de habitabilidad que tienen que solicitarse cuando la de primera ocupación ha caducado.

¿Cómo tramitar el certificado?

Para conseguir la cédula de habitabilidad es necesario recurrir a un arquitecto o un aparejador colegiado, que inspeccionará la vivienda para verificar que cumple con todos los requisitos exigidos por la ley autonómica.

Una vez realizada la inspección, y en caso de aprobación, el técnico lo notificará al Colegio de Arquitectos, quien, a su vez, presentará el certificado al ayuntamiento. Finalmente, el ayuntamiento expedirá la cédula de habitabilidad propiamente dicha, un trámite que puede tardar hasta tres meses.

Al ser un documento público, en caso de perderlo, no es necesario volver a pedirlo: basta con solicitar un duplicado ante la autoridad competente, un trámite en general gratuito.

¿Cuál es el precio de la cédula de habitabilidad?

El precio de la cédula de habitabilidad depende de varios factores, que son: la comunidad autónoma donde se solicite el certificado, los honorarios del arquitecto encargado de inspeccionar la vivienda, la tasa del Colegio de Arquitectos y el tipo de vivienda.

¿Cuándo caduca este documento?

Una vez más, depende de cada comunidad autónoma. En términos generales, la vigencia de la licencia de ocupación va desde los 10 hasta los 25 años. Pero, además, este tiempo será diferente según el tipo de vivienda y la fecha en que se solicitó la licencia.

Comunidades autónomas donde es obligatorio tener la cédula de habitabilidad

Las comunidades autónomas donde es obligatoria la cédula de habitabilidad, tanto para vender como para alquilar un piso, son: Cataluña, Baleares, Valencia, Cantabria, Asturias, Murcia, Navarra, La Rioja y Extremadura.

En el resto, la no obligatoriedad de este documento responde a diferentes consideraciones de las comunidades autónomas, por lo que no existe un criterio común. En algunas de ellas, por ejemplo, la cédula se sustituyó por una licencia de primera ocupación.

¿Por qué es importante contar con él?

Al margen de la obligatoriedad o no según la comunidad autónoma donde se encuentre la vivienda, existen razones de peso por las que es más que recomendable contar con cédula de habitabilidad:

Suministros de la vivienda

Según el Decreto 141/2012 del 30 de octubre, las compañías de suministros (luz, agua, gas…) no están obligadas a proporcionarlos en viviendas que no dispongan de cédula de habitabilidad.

Accidentes por causas estructurales

Similar al caso anterior, las compañías aseguradoras no suelen cubrir los accidentes ocasionados por desperfectos de construcción en viviendas sin cédula de habitabilidad: sería como exigir a un seguro de coche o moto que cubriera los daños ocasionados por un vehículo que no tiene la ITV.

Esto supone que cualquier daño por causa estructural, propio o a terceros, será responsabilidad del propietario de la vivienda. Salvo que el desperfecto estructural que provoque el daño haya sido causado por el inquilino.

Menor valor de mercado de la vivienda

Aunque hasta ahora nos hayamos referido a las “viviendas sin cédula de habitabilidad”, técnicamente una vivienda sin dicho certificado no es una vivienda, ya que se considera que no reúne las condiciones mínimas para servir a esta función.

Por ello, el valor inmobiliario de la “vivienda” sería inferior al que tendría en el mercado si contara con la cédula.

En relación con esto, también es frecuente que los bancos no concedan hipotecas para adquirir inmuebles que no dispongan de cédula de habitabilidad, cuando se trata de la compra de una vivienda de construcción antigua.

Tranquilidad para el comprador o el inquilino

Además de aportar valor inmobiliario a la vivienda, la cédula de habitabilidad también aporta un valor de seguridad a la persona interesada en comprar o en alquilar la vivienda, al saber que un profesional colegiado ha comprobado las condiciones físicas en que se encuentra.

Por todo ello, la recomendación desde nuestra plataforma de alquiler de pisos es contar con la cédula de habitabilidad como una garantía segura para alquilar tu vivienda fácilmente.

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¿Quién debe pagar el seguro de hogar en un piso alquilado?

¿Quién paga el seguro de hogar en un piso alquilado?

A la hora de firmar un contrato de alquiler entre propietario e inquilino, suelen surgir algunas dudas, especialmente las que tienen que ver con los gastos de los que cada parte debe hacerse cargo.

Una de esas dudas es quién paga el seguro del hogar en un piso alquilado, algo que, desde Wolo, queremos explicarte en este post.

El pago del seguro del hogar en un piso alquilado debe especificarse en el contrato

Como todas las obligaciones que afectan a las partes firmantes, el contrato de alquiler debe especificar claramente quién paga el seguro de hogar de la vivienda.

Sin embargo, por normal general, el pago de este seguro suele ser responsabilidad tanto del propietario como del inquilino dependiendo de qué se asegure.

Continente, contenido y responsabilidad civil

El continente de la vivienda, la parte del propietario

El propietario del piso es quien debe pagar un seguro de hogar que asegure el continente, es decir, todo lo que haga referencia a la estructura de la vivienda y a los materiales que la forman (paredes, suelo, tejados, tuberías…).

De esta forma, el propietario garantiza la integridad de la vivienda, la cual debe reunir las condiciones estructurales óptimas para que su inquilino viva en ella (esto está acreditado mediante la cédula de habitabilidad de la vivienda). Así, en caso de daños estructurales no intencionados ni provocados por el inquilino, es el seguro de hogar contratado por el propietario el que debe ocuparse.

El contenido de la vivienda, la parte del inquilino

Una vez claro que el propietario debe pagar un seguro de hogar que cubra el continente, el inquilino debería contratar un seguro que cubra su contenido. Y decimos “debería” porque…

¿Te ha pasado alguna vez que se haya producido una subida de tensión con la mala suerte de que tu inquilino tenía la televisión o el ordenador encendidos? Seguramente, ya que ésta es una de las situaciones más comunes que provocan desperfectos en el contenido del inquilino, esto es, en sus pertenencias: electrodomésticos comprados por este, libros, ropa, joyería…

Salvo que el contrato de alquiler especifique lo contrario, en caso de que tu inquilino no pague un seguro de hogar para su contenido, nunca podrá exigirte la reparación de los desperfectos sufridos en sus pertenencias cuando los daños se hayan producido por razones ajenas a la estructura y materiales de la vivienda.

¿Quién paga el contenido del propietario en caso de desperfecto?

El contenido del propietario (electrodomésticos, por ejemplo) debería estar cubierto por el seguro de hogar contratado por él, no por el del inquilino. Es la forma más fácil de evitar futuros malentendidos o situaciones de conflicto entre el propietario y su inquilino cuando se estropea un contenido que pertenece al primero.

¿En quién recae la responsabilidad civil si hay daños a terceros?

La responsabilidad civil, es decir, la reparación de los daños producidos a un tercero, recae en el propietario cuando el daño se produce por causas derivadas de la estructura de la vivienda o sus materiales. Aquí entrarían, por ejemplo, las humedades provocadas a un vecino o las clásicas goteras.

Ahora bien, si los daños se producen por una negligencia o mal uso de la vivienda por parte del inquilino, la responsabilidad civil será suya, no del propietario. Pensemos en esa misma gotera, solo que causada por el descuido de dejar un grifo abierto toda la noche.

En este sentido, el inquilino puede pagar un seguro de hogar que, además de todo lo dicho hasta ahora, también cubra, por ejemplo, los daños provocados a terceros por su animal de compañía, siempre que no sean perros potencialmente peligrosos.

Recordemos que la responsabilidad civil no se limita a daños materiales, sino que también puede invocarse cuando se producen daños a personas, por ejemplo, una teja desprendida del tejado que, desgraciadamente, golpea a alguien que pasa por la calle (en este caso, la responsabilidad civil sería del propietario, pues se trata de un elemento estructural de la vivienda).

¿Es obligatorio pagar un seguro de hogar en un piso alquilado?

Si eres propietario, debes saber que, a diferencia de otros seguros, como el de coche, en España no es obligatorio tener un seguro de hogar, a excepción de que sobre tu vivienda aún pese una hipoteca, en cuyo caso sí es obligatorio contratar un seguro de protección básica.

Sin embargo, teniendo en cuenta la multitud de supuestos que pueden producirse, lo más recomendable es que pagues un seguro de hogar que cubra el continente y el contenido de lo que dejas en el piso para uso de tu inquilino.

De esta forma, evitarás tener que pagar de tu bolsillo los daños estructurales que sufra tu vivienda (que podrían ser muy elevados), además de ahorrarte las situaciones de tensión de las que hablábamos antes.

¿Puedo desgravar el seguro de hogar que pago como propietario de un piso en alquiler?

Como propietario de un piso en alquiler, puedes desgravarte el seguro de hogar que pagas al obtener rendimientos de capital inmobiliario derivados de su alquiler. En este caso, podrás desgravar el importe de las pólizas de los seguros si tienen algunas de las siguientes coberturas:

– Responsabilidad civil

– Robo

– Incendio

– Rotura de cristales

– Otros de naturaleza similar

Para desgravar en tu declaración el importe que pagas por el seguro de hogar, deberás rellenar la casilla 0114, correspondiente a las Primas de contratos de seguros.

Ahora que ya lo sabes todo acerca de quién paga el seguro de hogar en un alquiler, ¿eres propietario de una vivienda y quieres alquilarla de forma segura?

En Wolo te ayudamos a encontrar a los mejores inquilinos de forma segura, rápida y digital. En solo 9 días y asegurándote el cobro de cada mensualidad pase lo que pase gracias a nuestro servicio de Alquiler Garantizado.

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Liciencia 1ª ocupacion

Todo lo que debes saber sobre la licencia de primera ocupación: qué es, quién la paga y cómo se consigue

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Seamos sinceros, la burocracia es un tema que no gusta a nadie. O al menos no a las personas que no son especialistas en esta materia.

En la mayoría de ocasiones los textos legales son indescifrables y el temor a no cumplir con alguno de sus requisitos siempre ronda nuestra mente.

Por esa razón, una ayuda profesional en este sentido, nunca está de más.

Así que ¿qué te parece si explicamos qué es la licencia de primera ocupación y todos los detalles que se esconden tras de ella?

Si eres propietario de una vivienda y quieres alquilarla, te interesa saber de qué va todo esto.

¿Qué es la licencia de primera ocupación?

Como podrás imaginar, la licencia de primera ocupación es un documento tramitado por las administraciones y que está ligado a la construcción de viviendas.

Pues bien, para ser más concretos, es el documento que expide el ayuntamiento de cada localidad tras verificar que la vivienda se ha ejecutado acorde a lo que decía el proyecto y las condiciones de la licencia que fue otorgada.

Esto por un lado y, por otro, también acredita que la obra está acabada y cumple con los requisitos urbanísticos, ambientales y de seguridad.

¿Para qué sirve este documento?

La licencia de primera ocupación es un documento que es de utilidad principalmente en dos casos:

  • Construcciones de nueva obra. Hablamos de nuevas viviendas.
  • Reformas que alteren el uso de la construcción. Aquí entran todas aquellas que vayan a cambiar su uso original. Por ejemplo, locales comerciales que se transforman en viviendas.

Sea como sea, es obligatorio para acreditar que el inmueble cumple con las exigencias urbanísticas y es legal al 100%.

En caso de no contar con ella, es posible que no se pueda contratar la luz o el agua, así como otros suministros, y tampoco empadronarse en dicha casa.

¿Quién debe pagar la licencia de primera ocupación?

Como cualquier documentación que expide el ayuntamiento, la licencia de primera ocupación tiene un coste.

El precio varía en función de cada administración, pero normalmente está condicionado por los metros cuadrados de la edificación y el tipo de construcción. Aproximadamente, hablamos de unos 450€, aunque este dato es solo informativo.

No obstante, al tratarse de un tema ligado a la construcción de una vivienda, el pago de la tasa de la licencia de primera ocupación corresponde al promotor, a no ser que seas tú mismo quien esté construyendo la vivienda.

Cómo obtener la licencia de primera ocupación

Ahora que hemos resuelto algunas de las dudas más frecuentes sobre la licencia de primera ocupación, podemos pasar a un tema más denso: cómo obtenerla.

Para ello, lo primero que debes tener en cuenta es que se necesitan realizar diversos trámites para cumplir con todos los requisitos que exige la administración.

Y uno de los más importantes es recopilar toda la documentación que es necesaria. Entre ella encontramos:

  • El formulario correspondiente para realizar la solicitud de la licencia de primera ocupación.
  • El certificado de final de obra correctamente firmado por la dirección de la misma.
  • Si la vivienda es de VPO, se deberá acreditar su calificación definitiva.
  • Libro del edificio, el cual deberá recoger información sobre el proyecto, el acta de recepción de la obra, el listado de agentes que han intervenido y las instrucciones de uso y mantenimiento.
  • El justificante de haber pagado las tasas de la solicitud.
  • Boletín de instalación de suministros, así como el protocolo de pruebas de instalación.

Tras este paso, el siguiente será la visita de los técnicos del ayuntamiento al edificio para comprobar que todo está acorde a lo que se ha presentado en el proyecto técnico y que respeta la legislación.

Si todo está correcto, el ayuntamiento otorgará la licencia de primera ocupación.

Antes de pasar al siguiente punto debes saber que no es lo mismo solicitar una licencia de primera ocupación en Madrid que una licencia de primera ocupación en Cataluña. Más abajo te contamos la razón.

Sin embargo, este proceso es el estándar que siguen todas las administraciones.

¿Es obligatorio para alquilar mi vivienda?

Si atendemos a la definición de licencia de primera ocupación, podemos ver que sin este documento no es posible hacer uso de una vivienda.

Recordemos que si no se cuenta con ella, no es posible contratar suministros básicos para vivir, ni tampoco empadronarse en ella.

Con lo cual, ¿es obligatorio tener esta licencia para alquilar tu vivienda? Sin duda alguna, sí.

Si eres propietario de un inmueble y quieres alquilarlo, debes asegurarte de que todo está en regla, incluyendo este documento. 

Aquí te contamos más sobre qué necesitas para poner tu vivienda en alquiler.

Así que, ahora que sabes cómo obtener la licencia de primera ocupación, si estás haciendo obra en un edificio propio o vas a comprar un nuevo inmueble para alquilar, asegúrate de que cuentas con ella.

Diferencia entre la licencia de primera ocupación y la cédula de habitabilidad 

Para acabar, queremos aclarar cuál es la diferencia entre la licencia de primera ocupación y la cédula de habitabilidad, pues sabemos que son dos términos que tienden a confundirse.

Lo más importante es mencionar que su fin administrativo es distinto:

  • Licencia de primera ocupación. Su objetivo es el cumplimiento de la ley urbanística y verificar que la construcción se ha llevado a cabo respetando la legislación y la licencia de obra pertinente.
  • Cédula de habitabilidad. Sirve para demostrar que la vivienda reúne los requisitos técnicos, de salubridad y de edificación exigidos para que pueda ser ocupada.

Como ves, son trámites similares, tanto que algunas comunidades han eliminado este último y han integrado sus requisitos en el primero, unificándolos. De este modo, no es necesario solicitar dos documentos, sino tan solo uno.

Hablamos, por ejemplo, de Andalucía, Madrid, Galicia, Castilla y León o Aragón. Por esta razón decíamos que no es lo mismo solicitar la licencia en Madrid que en Cataluña.

Sea como sea, si vas a alquilar tu vivienda, comprueba que cuentas con toda la documentación que exige la ley de tu comunidad y te quitarás un problema de encima.

Si lo haces con Wolo, además la digitalizaremos  para que la tengas accesible y localizada siempre. 

Así, evitarás lidiar con este papeleo y podrás alquilar sin preocuparte por ello.

Si tienes alguna otra duda sobre el alquiler de tu propiedad, escríbenos y te asesoraremos para que tomes tu mejor decisión. Recuerda, con Wolo alquilas seguro y vives tranquilo.

Requisitos para alquilar un piso como propietario

Requisitos para alquilar un piso como propietario

Tanto si es la primera vez que vas a poner tu piso en alquiler como si ya tienes experiencia, debes tener muy claros cuáles son los requisitos necesarios para alquilar tu vivienda conforme a lo establecido por la ley.

Como plataforma de propietarios de viviendas en alquiler, en este post queremos explicarte cuáles son estos requisitos y cómo puedes alquilar tu vivienda reduciendo al máximo los riesgos.

¿Qué necesitas como propietario para alquilar tu piso?

A diferencia del inquilino, que debe disponer de una serie de documentos relativos a su situación financiera, el propietario debe contar con aquellos documentos relativos a la vivienda.

Esta es la lista de todos los documentos con los que debe contar el propietario, empezando por el más obvio.

Escrituras de la vivienda o título de propiedad

Las escrituras de la vivienda acreditan que esa persona es efectivamente la propietaria de la vivienda que se desea alquilar. Sin embargo, como hablamos en otro artículo, recordamos que existen otras personas que pueden poner en alquiler una vivienda aunque no sean propietarios, siempre que se cumplan ciertas condiciones.

Cédula de habitabilidad

La cédula de habitabilidad es el documento que certifica que la vivienda cumple los requisitos mínimos para ser habitada. Se consigue a través de un arquitecto o un arquitecto técnico, y debe estar visada por su colegio para luego presentarse en el ente correspondiente de cada comunidad autónoma.

En el caso de los pisos en Madrid no es obligatoria, y puede ser sustituida por la licencia de primera ocupación. Para los pisos situados en Cataluña, sí es obligatorio presentar la cédula de habitabilidad.

Licencia de primera ocupación

En el caso de que tu piso sea nuevo o esté recién reformado, necesitarás la licencia de primera ocupación. Este documento certifica que las obras se han hecho de acuerdo con el proyecto inicial por el que fueron aprobadas.

Certificado energético

El certificado energético es un documento en el que aparece el consumo de energía y las emisiones de CO2 de la vivienda en cuestión. Es un requisito obligatorio para alquilar un piso desde el año 2013, y no disponer de él puede suponer multas de entre 300 y 6000 €.

Facturas de suministros y últimos pagos del IBI

Si aún no has dado de alta los suministros (luz, agua y gas), deberás hacerlo. Si ya los tienes, debes comprobar que no existen pagos atrasados que puedan recaer sobre el inquilino. Lo mismo ocurre con el impuesto de bienes inmuebles (IBI).

El contrato de alquiler

Este es sin duda uno de los puntos más importantes en el proceso de poner en alquiler una vivienda, y es donde la mayoría de los propietarios tienen dudas porque quieren estar seguros de tener un contrato que cubra todas las posibles contingencias.

Entre otra información, el contrato de alquiler debe incluir el importe de la mensualidad, la forma de pago y el plazo para realizarlo. Debe a su vez estar explícita la duración del mismo y las condiciones de las prórrogas en caso de que estén estipuladas y los motivos para la rescisión del contrato de alquiler (por ejemplo daños o retraso en los pagos).

En caso de que el piso esté amueblado debe también incluir el inventario de los electrodomésticos y el mobiliario con su estado actual así como el importe de la fianza y garantías adicionales, si las hubiera.

Fianza y garantías adicionales

La fianza legal, según la Ley de Arrendamientos Urbanos, es de una mensualidad y debe ser depositada en el organismo correspondiente a cada comunidad autónoma.

Si se alquila un piso en Madrid, la fianza debe depositarse en la Agencia de Vivienda Social de la comunidad, mientras que si se alquila un piso en Barcelona y en el resto de Cataluña, debe hacerse en el INCASOL.

Todas las cantidades por encima de la fianza serán consideradas como garantías o depósitos de alquiler.

Ahora, la pregunta que se hacen todos los propietarios de viviendas: ¿cómo puedo alquilar mi piso con total seguridad? Y es que, para hacerlo, no basta con cumplir todos los requisitos para poner tu vivienda en alquiler, ya que se necesitan otras “gestiones” que te garanticen que alquilas tu piso con todas las garantías.

Una de las formas de hacerlo es con el alquiler seguro de Wolo, una plataforma que reúne a los propietarios que desean poner en alquiler su vivienda con la tranquilidad que les aporta el servicio de Alquiler Garantizado.

Con este servicio, el propietario está cubierto ante posibles impagos desde el primer día, sin carencias ni esperas innecesarias, como ocurre con la mayoría de seguros de alquiler.

Por tanto, si quieres alquilar tu vivienda al inquilino ideal y vivir sin preocuparte por los impagos, haz clic en el botón, rellena el formulario y uno de nuestros asesores te hará descubrir por qué somos la plataforma de propietarios de viviendas mejor valorada del país.