¿Se puede vender un piso heredado antes de los 5 años?

¿Es posible vender una vivienda heredada antes de los 5 años?

Cuando se hereda un piso, en la mayoría de casos los herederos deciden venderlo, mientras que un porcentaje inferior renuncia a la vivienda debido a las deudas del fallecido o bien por los impuestos que deben pagarse, como el polémico impuesto de sucesiones.

Una de las dudas que más surgen a la hora de vender un piso heredado es si puede hacerse antes de los 5 años, a la que damos respuesta en este artículo, entre otras cuestiones relacionadas.

Un piso heredado puede venderse antes de los 5 años

Durante mucho tiempo, el plazo de espera para vender una vivienda heredada era de 5 años y, posteriormente, el plazo se redujo hasta los 2 años.

Sin embargo, la reforma de la respectiva ley derogó esta obligación en 2021, y entró en vigor el 3 de septiembre de ese mismo año. Es decir, actualmente, sí, se puede poner en venta un piso heredado antes de los 5 años.

No existe obligación de hacerlo, pero debes tener en cuenta que, si vendes el piso dentro del mismo año fiscal en que lo recibes como herencia, te ahorrarás pagar la plusvalía municipal, tanto a la hora de heredar la vivienda como de venderla.

Dicho esto, veamos ahora qué pasos debes seguir para vender un piso heredado.

Pasos para vender un piso heredado

1. Aceptar la herencia

Lo primero que debes saber es que nombrarte heredero de una vivienda no te convierte automáticamente en el nuevo propietario.

Es decir, el paso previo a poner en venta la vivienda es aceptarla como herencia, con el consecuente pago de impuestos (sucesiones y plusvalía municipal, si corresponde), cuyo importe puede variar de una comunidad autónoma a otra. Estos dos impuestos deben abonarse en un plazo de 6 meses, aunque son prorrogables otros 6 meses más si se solicita a tiempo.

2. Inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad

Liquidados los impuestos, lo siguiente que debes hacer es inscribir la herencia en el Registro de la Propiedad. Para esto, deberás presentar:

  • Fotocopia del DNI de la persona fallecida
  • Fotocopia de tu DNI
  • Certificado de últimas voluntades
  • Certificado de defunción
  • Certificado del seguro de vida, si lo hubiera
  • Escritura de reconocimiento de aceptación de la vivienda heredada
  • Justificante de pago de impuestos, es decir, plusvalía municipal y sucesiones

3. Solicitar certificado de eficiencia energética

El certificado de eficiencia energética es obligatorio desde 2013, no solo para vender, sino también para poner en alquiler una vivienda. Por tanto, en el hipotético caso de que el propietario fallecido no lo tuviera, deberás solicitarlo antes de poner en venta la vivienda.

4. Iniciar el proceso de venta

Hecho todo lo anterior, podrás iniciar el proceso de venta propiamente dicho, es decir, tasarla para conocer su precio de mercado, promocionarla, gestionar y realizar las visitas de los posibles compradores, etc.

¿Qué ocurre si son varias las personas que heredan una vivienda?

Si eres el único heredero y aceptas la propiedad de la vivienda, tendrás total libertad para hacer con ella lo que consideres oportuno. Sin embargo, cuando existen varios herederos (algo bastante frecuente), pueden ocurrir dos situaciones:

  • Que todos los coherederos quieran vender: es lo ideal, ya que no habrá mayores problemas para proceder con la puesta en venta de la vivienda.
  • Que haya coherederos que no quieran vender: en este caso, los coherederos que quieran vender deberán comprar la parte proporcional de propiedad que poseen los no interesados en la venta.

Cada familia es un mundo, por lo que, en el segundo caso, la venta de la vivienda podría alargarse más de lo esperado y, en consecuencia, tener que pagar la plusvalía municipal.

¿Es posible pagar el impuesto de sucesiones y de plusvalía con el dinero de la herencia?

Algo muy común es que te nombren heredero de un piso y no dispongas del dinero suficiente para pagar los impuestos de sucesión y de plusvalía. ¿Qué opciones tienes en este caso?:

  • Solicitar un crédito puente: un crédito puente es el que se solicita al banco poniendo la propia herencia (vivienda) como aval. De esta forma, cuando hayas liquidado los impuestos con el préstamo bancario, devolverás el crédito con el dinero de la venta.
  • Aplazar el pago: otra opción es solicitar el aplazamiento del pago de los impuestos (tienes hasta un año), vender la vivienda dentro de ese tiempo y pagar sucesiones y plusvalía con el dinero recibido.
  • Fraccionar el pago: similar a la anterior, puedes solicitar el fraccionamiento de los impuestos, inscribir la vivienda y venderla dentro del año máximo estipulado para el pago de dichas tasas.
  • Renunciar a la herencia: no es la opción más recomendada, especialmente cuando se trata de viviendas situadas en zonas con alta demanda, no solo de compradores, sino también de inquilinos.
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