
¿Cómo prohibir los pisos turísticos en una comunidad de vecinos?
Germán Rabellino
10 de marzo de 2026
8 min lectura
Última actualización: 10 de marzo de 2026
Sin entrar en la cuestión de su proliferación, no hay duda de que los pisos turísticos son cada vez más habituales en comunidades de vecinos particulares.
Aunque no tiene por qué ocurrir siempre, por desgracia es una situación que suele generar conflictos en el seno de la comunidad, sobre todo por la rotación constante de huéspedes, ruido, problemas de seguridad, mayor desgaste de las zonas comunes o comportamientos incívicos.
Por ello, muchas comunidades se plantean si es posible prohibir los pisos turísticos y, en caso afirmativo, cómo hacerlo dentro de la legalidad vigente.
Lo bueno es que sí, la comunidad de vecinos puede prohibir los pisos turísticos en ella, siempre que se cumplan determinados requisitos y se siga el procedimiento que te explicamos en este post de Wolo.
- ¿Qué es exactamente un piso turístico?
- ¿Qué dice la ley sobre los pisos turísticos en comunidades de propietarios?
- ¿Cómo prohibir los pisos turísticos paso a paso?
- ¿Qué mayoría se necesita para prohibir pisos turísticos?
- ¿Qué medidas puede adoptar una comunidad además de prohibirlos?
- ¿Qué ocurre con los pisos turísticos que ya existen?
- ¿Qué ocurre si un propietario incumple la prohibición?
- ¿Por qué cada vez más propietarios deciden alquilar para fines turísticos?
¿Qué es exactamente un piso turístico?
Antes de analizar cómo prohibirlos, conviene entender qué se considera legalmente una vivienda de uso turístico.
Un piso turístico es una vivienda que se alquila de forma temporal a turistas o visitantes por periodos cortos, normalmente por días o semanas, y que suele anunciarse en plataformas de alquiler vacacional.
Por otra parte, en la mayoría de comunidades autónomas estas viviendas deben cumplir ciertos requisitos administrativos, como registrarse oficialmente o disponer de licencia turística.
Esto es importante para diferenciarlos del alquiler temporal, que tiene una duración máxima de 11 meses y solo tienen derecho a residir en la vivienda aquellos inquilinos que estipule el contrato.
¿Qué dice la ley sobre los pisos turísticos en comunidades de propietarios?
La regulación de los pisos turísticos en edificios residenciales se basa principalmente en la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que regula la convivencia y la gestión de las comunidades de propietarios en España.
Desde la reforma de la LPH que entró en vigor el 3 de abril de 2025, las comunidades tienen más capacidad para controlar este tipo de actividad dentro del edificio. En concreto, la ley permite que los vecinos adopten acuerdos para:
- Prohibir el uso turístico de viviendas
- Limitar el número de viviendas turísticas en el edificio
- Imponer condiciones específicas para su funcionamiento
- Aumentar los gastos comunitarios a este tipo de viviendas
Sin embargo, hasta 2019, los vecinos únicamente podían frenar el alquiler turístico en circunstancias muy concretas.
¿Cómo prohibir los pisos turísticos paso a paso?
Si una comunidad quiere impedir el alquiler turístico dentro del edificio, es importante seguir correctamente el procedimiento legal para evitar impugnaciones o problemas futuros.
1. Incluir la propuesta en el orden del día
El primer paso es convocar una junta de propietarios donde se incluya explícitamente el punto sobre prohibición o limitación de pisos turísticos.
La convocatoria debe indicar claramente el tema para que todos los propietarios puedan prepararse para el debate.
2. Celebrar la junta de propietarios
Durante la reunión se debatirá la propuesta. En este momento los vecinos pueden plantear los motivos para la prohibición, como por ejemplo:
- Problemas de convivencia con huéspedes temporales
- Ruido o fiestas frecuentes
- Aumento del tránsito de personas desconocidas
- Mayor uso de ascensores o zonas comunes
3. Realizar la votación
Tras el debate se procede a votar. Para aprobar la medida se debe alcanzar la mayoría de tres quintas partes de propietarios y cuotas, esto es, el 60% de los vecinos con derecho a voto (quedarían excluidos, por ejemplo, otros inquilinos de larga estancia que vivan en la comunidad).
Aquellos propietarios que no asistan ni deleguen su voto disponen de 30 días para expresar su postura. Pero, si se cumple el plazo y no lo han hecho, se considerará automáticamente que están a favor de la prohibición o regulación de la vivienda turística.
4. Reflejar el acuerdo en el acta
El acuerdo debe recogerse formalmente en el acta de la junta de propietarios, indicando el resultado de la votación y el contenido de la medida.
5. Inscribir el acuerdo en el Registro de la Propiedad (recomendado)
Aunque no siempre es obligatorio, muchos expertos recomiendan registrar el acuerdo en el Registro de la Propiedad. Esto ayuda a que la prohibición sea vinculante también para futuros compradores de viviendas en el edificio.
¿Qué mayoría se necesita para prohibir pisos turísticos?
Como decimos, la ley establece que se necesita una mayoría cualificada de tres quintas partes. Esto significa que deben votar a favor:
- Al menos el 60% de los propietarios
- Que representen el 60% de las cuotas de participación del edificio
Este doble requisito es importante porque evita que propietarios con muchas viviendas o con mayor cuota puedan imponer su decisión sin un consenso amplio. Si no se alcanza esta mayoría, la prohibición no podrá aprobarse.
¿Qué medidas puede adoptar una comunidad además de prohibirlos?
Antes dijimos que la comunidad también puede, simplemente, imponer ciertas condiciones al alquiler turístico en vez de prohibirlo por completo.
Así, entre las medidas intermedias podemos citar las siguientes:
- Limitar el número de viviendas turísticas: la comunidad puede establecer un máximo de viviendas turísticas dentro del edificio.
- Establecer normas de convivencia más estrictas: podría, por ejemplo, limitar los horarios de entrada y de salida, exigir un registro de huéspedes o imponer estrictas normas sobre el ruido.
- Aumentar los gastos de comunidad: la Ley de Propiedad Horizontal permite incrementar las cuotas de comunidad de las viviendas turísticas hasta un 20% más, siempre que se apruebe en junta con la mayoría correspondiente.
¿Qué ocurre con los pisos turísticos que ya existen?
Uno de los aspectos que más dudas genera es si la prohibición afecta a las viviendas que ya operaban como alquiler turístico.
La parte negativa es que la nueva normativa no tiene carácter retroactivo, por lo que, si una vivienda ya tenía licencia turística y está operando legalmente, la comunidad no podrá imponer restricciones ni prohibirla.
La prohibición, más bien, se aplica a aquellas nuevas viviendas cuyos propietarios quieran empezar la actividad en el futuro.
¿Qué ocurre si un propietario incumple la prohibición?
Es posible que haya propietarios díscolos que decidan saltarse la prohibición votada en junta y alquilar igualmente su vivienda con fines turísticos.
De ser así, la comunidad cuenta con mecanismos legales para requerir el cese de la actividad, emprender acciones legales y, llegado el caso, acudir a los tribunales para exigir el cumplimiento del acuerdo.
Si la prohibición contó con el apoyo suficiente por parte de los vecinos (de ahí la importancia de dejar constancia mediante el acta), lo más normal es que el juez ordene el cese inmediato de la actividad.
¿Por qué cada vez más propietarios deciden alquilar para fines turísticos?
En los últimos años muchos propietarios han decidido alquilar sus viviendas a turistas en lugar de hacerlo a inquilinos de larga duración. De hecho, el auge de plataformas como Airbnb o Booking ha facilitado este modelo, generando la percepción de que el alquiler turístico siempre es más rentable, más aún en barrios gentrificados.
Entre las principales razones encontramos que el alquiler turístico porque permite cobrar precios más altos por noche y aprovechar la demanda en temporadas de turismo. Además, ofrece mayor flexibilidad para usar la vivienda cuando el propietario lo desee.
Sin embargo, este modelo también implica más costes y mayor dedicación, ya que requiere gestionar reservas, realizar limpiezas frecuentes, atender a los huéspedes y asumir periodos en los que la vivienda puede estar vacía.
En cambio, el alquiler de larga estancia ofrece ingresos mensuales estables, menos gastos operativos y una gestión mucho más sencilla. Además, incluye ventajas fiscales de las que carece el alquiler turístico y reduce prácticamente a cero el riesgo de vacíos prolongados.
Igualmente, aunque es difícil afirmar que ocurrirá en todo el territorio, no es menos cierto que el alquiler turístico está siendo cada vez más limitado. Por ejemplo, Barcelona (una de las ciudades más turísticas de España) tiene intención de prohibirlo del todo antes de 2028.
A esta iniciativa ya se han sumado municipios de su área metropolitana como Badalona, donde se han propuesto eliminar este tipo de alquiler este mismo año 2026 (más información aquí).
Por ello, ante las sombras que planean sobre el alquiler turístico en el horizonte, la mejor opción que tienen los propietarios es, sin duda, el alquiler de larga estancia, algo en lo que somos expertos en Wolo.
Desde tasar la vivienda hasta la selección del inquilino, en Wolo nos ocupamos de todo el proceso, protegiendo al propietario con nuestro servicio de Alquiler Garantizado, gracias al cual recibirá puntualmente el alquiler, sin esperas ni carencias, desde el primer día, en caso de impagos del inquilino.
Porque no hay nada como alquilar tu vivienda para larga estancia con la tranquilidad de haberlo hecho con la inmobiliaria online mejor valorada del país.

Sobre el autor
Germán Rabellino
Responsable de contenidos en Wolo. Nuestro objetivo es ofrecerte información precisa y valiosa sobre el mercado inmobiliario para que puedas tomar decisiones acertadas, en momentos correctos. En Wolo estamos revolucionando el sector inmobiliario, con el compromiso de hacerlo cada vez más cómodo, seguro y transparente para todos. ¡Espero que disfrutes de nuestros artículos!






