Formas de ganar dinero extra todos los meses

Cómo obtener ingresos extra: 10 ideas realistas para ganar dinero cada mes

Cuando la situación aprieta y el sueldo no da para todo el mes, ganar un dinero extra puede ayudarnos a hacer que el día 1 se vea menos lejos en el horizonte. Por suerte, hay varias opciones que nos permiten obtener ingresos adicionales de manera fácil, realista y, por supuesto, legal.

De las ideas que proponemos a continuación, unas dan más dinero que otras, algunas suponen más esfuerzo e incluso otras pueden hacerse desde casa. Así que, sigue leyendo y te contamos la más rentable y la más sencilla de todas al final de este post.

1. Vender ropa y objetos que ya no usas

El mercado de segunda mano está en auge: ropa, electrónica, muebles, libros… Vender las pertenencias que ya no usas, además de ayudarte a ganar un dinero extra, también ayuda al planeta, al reducir la necesidad de comprar nuevos productos.

Para ello, clasifica tu ropa, accesorios, electrónica, muebles o libros que estén en buen estado pero que ya no uses, haciendo fotos de calidad y descripciones detalladas de lo que ofreces.

Después, puedes recurrir a plataformas como Vinted, Wallapop o eBay, entre muchas otras, para llegar a potenciales compradores. También tienes la opción de vender productos de segunda mano en mercadillos locales, si prefieres transacciones en persona.

2. Vender tus propios productos hechos a mano

Vender productos de segunda mano es una buena opción para generar ingresos adicionales. Pero, si lo tuyo es la creatividad, también puedes ganar dinero extra creando y vendiendo productos hechos a mano por ti.

Cuadros, velas, macramé, cerámica, ropa, complementos… el abanico de posibilidades es prácticamente infinito.

Cuando hayas decidido qué tipo de producto artesanal vas a crear, puedes usar las plataformas de las que hablamos antes para venderlos.

3. Hacer trabajos freelance o dar clases particulares

Si tienes habilidades en diseño gráfico, redacción, programación, gestión de redes sociales o enseñanza, puedes ofrecer tus servicios de forma independiente y trabajar en tu tiempo libre.

Tienes a tu alcance varias plataformas, como Upwork o Fiverr, si quieres ofrecer servicios digitales, o Superprof, si lo tuyo son las clases particulares. Define bien tus tarifas y tu metodología de trabajo, así encontrarás más rápidamente a los candidatos ideales.

4. Generar ingresos con un blog o canal de YouTube

Relacionado con lo de antes, si tienes conocimientos sobre un tema específico y te gusta compartir contenido, puedes crear un blog o canal de YouTube, y monetizarlo para ganar un dinero desde casa.

Elige un nicho que sea rentable y crea contenido de calidad en tu blog y en tu canal: moda, cine, gastronomía, viajes o simplemente humor. Para llegar a más usuarios, deberás aplicar estrategias de posicionamiento orgánico, como promocionar tu contenido en redes sociales.

Concretamente para el blog, puedes recurrir a Google AdSense o programas de afiliación para monetizar tus visitas.

5. Hacer encuestas y probar productos

Las empresas de investigación de mercado pagan a los consumidores por responder encuestas y probar productos nuevos antes de su lanzamiento.

Para ello, regístrate en plataformas como Toluna, Swagbucks o Testapic, y completa tu perfil con información veraz para recibir encuestas adecuadas a tu perfil.

Hecho esto, realiza encuestas regularmente y prueba productos físicos o digitales para recibir un dinero extra a cambio.

6. Cuidar mascotas o hacer la compra a un tercero

Muchas veces, las personas con agendas muy cargadas o las personas mayores necesitan ayuda para realizar algunas tareas cotidianas, como cuidar de su mascota o incluso hacer la compra.

Por eso, otra forma de obtener un pequeño dinero extra para finales de mes es hacerlas en su lugar. Si eres amante de los animales, tienes aplicaciones como Gudog, que conectan a los dueños de las mascotas con personas que se ofrecen para cuidarlas.

7. Realizar pequeños trabajos y tareas domésticas

Y no solo para cuidar de su mascota o hacer la compra, también muchas personas buscan ayuda para mudanzas, montaje de muebles, pequeñas reparaciones…

Así, puedes pensar en qué tipo de pequeños trabajos se te dan bien y fijar unos precios justos, anunciándote en plataformas tipo JobToday para ofrecer tus servicios a los posibles interesados.

8. Convertirte en conductor de apps de movilidad

¿Tienes coche propio? Si es así, podrías sacarle provecho inscribiéndote en plataformas de transporte privado como Uber o Bolt, y generar un dinero extra al mes.

Solo tienes que registrarte en la aplicación en cuestión y cumplir con los requisitos del vehículo y del conductor. Planifica tus horarios en las horas de mayor demanda para maximizar ganancias.

9. Alquilar tu coche cuando no lo usas

Siguiendo con lo anterior, si tienes un coche que utilizas poco, podrías sacarle rentabilidad alquilándolo por días u horas.

Bien a través de anuncios o directamente mediante aplicaciones especializadas, alquilar tu vehículo también te generará un beneficio económico añadido nada despreciable.

10. Alquilar tu vivienda a un inquilino

Por último, y sin salirnos del alquiler, si eres propietario de una vivienda vacía, alquilarla es, sin duda, la manera más rentable de obtener ingresos todos los meses. Y son varias las razones:

Ingresos altos y constantes

Cuando alquilas tu vivienda, no hablamos de unas pocas decenas de euros. Hablamos de cientos o incluso miles de euros cada mes, dependiendo de dónde y en qué estado se encuentre la vivienda y cuáles sean sus características físicas (superficie, equipamientos, luminosidad, altura, etc.).

Además, puedes desgravar el alquiler en la declaración de la renta.

Rentabilidad pasiva

A diferencia de otras formas de ganar dinero extra, que sí requieren mayor esfuerzo o tiempo, para alquilar un piso lo único que tienes que hacer es asegurarte de que está en condiciones habitables.

Tanto si la inversión es pequeña como considerable, la rentabilidad la tienes asegurada y sin salir de casa, sobre todo en las zonas donde los precios del alquiler son más altos.

Sin dedicación diaria

Si la alquilas, puedes “desentenderte” de la vivienda en cuanto firmes el contrato. Será el propio inquilino quien se ocupe de cuidarla y mantenerla en buen estado (si no es así, puedes quedarte con parte de la fianza o incluso exigirle indemnizaciones, llegado el caso).

Igualmente, puedes recurrir a una agencia inmobiliaria para que se encargue de todas las gestiones y, además, te garantice el cobro del alquiler.

Protección contra okupas y ladrones

Las viviendas vacías de particulares son uno de los principales objetivos de los okupas y de los ladrones.

Sin embargo, si la alquilas, los signos de que está habitada son el mejor disuasorio contra este tipo de personas, quienes se lo pensarán dos veces antes de entrar en ella.

La pregunta ahora sería: ¿qué es mejor, un alquiler vacacional o uno de larga estancia? En este otro artículo descubrirás qué tipo de alquiler te interesa más como propietario.

Si ya tienes decidido que quieres alquilar tu piso, y quieres hacerlo para larga estancia, en Wolo podemos ayudarte en todo el proceso, desde fijar un precio competitivo, publicar un anuncio atractivo y encontrar al mejor inquilino.

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¿Qué es el índice de garantía de competitividad para los alquileres urbanos?

¿Qué es el índice de garantía de competitividad en un alquiler?

Ya hemos mencionado en varios de nuestros artículos que los alquileres, en general, se actualizan anualmente en función de ciertos índices (el último, el IRAV, el nuevo índice de precios al alquiler para 2025).

Al margen de los topes del 2% y del 3% que el Gobierno fijó de manera extraordinaria en 2022, 2023 y 2024, lo habitual es que los alquileres ajusten su renta según el indicador económico por excelencia: el IPC.

Sin embargo, el IPC no es el único índice al que puede recurrirse en estos casos, pues existe otro, menos conocido pero igual de importante, que es el IGC, el índice de garantía de competitividad, del que vamos a hablar en este post de nuestro blog.

¿Qué es el Índice de Garantía de Competitividad (IGC)?

El IGC es un indicador de referencia, calculado mensualmente por el Instituto Nacional de Estadística, que se usa para determinar el incremento que se debe aplicar en el precio de la renta de los contratos de alquiler que se renuevan.

Este índice se calcula a partir del Índice de Precios al Consumo Armonizado (IPCA) de la Unión Económica y Monetaria de la Unión Europea, ajustado para reflejar la pérdida de competitividad acumulada por España desde 1999.

El índice de garantía de competitividad está limitado entre el 0% y el objetivo de inflación del Banco Central Europeo, que actualmente es del 2%.

¿Cómo funciona el IGC en los contratos de alquiler?

Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), durante la vigencia de un contrato de alquiler, el precio de la renta se puede actualizar cada año si se ha pactado de forma expresa. Si en el contrato no se especifica ningún índice para la actualización, se aplicará por defecto el índice de garantía de competitividad.

Esto implica que, al contrario que el IPC, que puede subir o bajar el precio del alquiler según su dato, si el IGC es igual o inferior al 0%, no habrá que actualizar la renta del alquiler. En cambio, si la estadística del IGC es positiva, habrá que revisar la renta, pero nunca podrá subir por encima del 2%.

Sin embargo, esta subida tiene un matiz:

  • Si el propietario es un gran tenedor, el alquiler no podrá subir más de un 2 %.
  • Si el propietario no es un gran tenedor, la subida del alquiler podrá ser superior al 2 % solo si el inquilino acepta; pero, si no hay acuerdo, se aplica el límite del 2%.

¿Cómo se calcula la actualización de la renta con el IGC?

Para actualizar la renta utilizando el índice de garantía de competitividad, se sigue el siguiente procedimiento:

  • Identificar el porcentaje del IGC publicado en el mes correspondiente a la actualización.
  • Aplicar este porcentaje a la renta vigente para determinar el incremento.
  • Sumar el incremento a la renta actual para obtener la nueva renta mensual.

Por ejemplo, si la renta mensual es de 1000 euros y el IGC es del 2%, la nueva renta sería:

  • Incremento: 1000 euros × 2% = 20 euros
  • Nueva renta mensual: 1000 euros + 20 euros = 1.020 euros

IGC vs. IPC, ¿cuál es más conveniente para actualizar el alquiler?

La elección entre el IGC y el IPC para la actualización de la renta depende de las circunstancias y de la partes involucradas:

  • Para el inquilino: el IGC puede ser más beneficioso, ya que limita el incremento de la renta a un máximo del 2%, proporcionando así mayor estabilidad y previsibilidad en los pagos.
  • Para el propietario: el IPC podría permitir ajustes más acordes con la inflación real, especialmente en períodos de alta inflación, aunque también conlleva el riesgo de menores incrementos o incluso disminuciones en épocas de deflación.

Recordamos que, a partir de 2025, está previsto que el precio del alquiler se actualice según el Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV), el nuevo índice del INE, que fija el incremento en un máximo del 2,20% para los contratos firmados a partir del 26 de mayo de 2023.

¿Qué pasa si el contrato de alquiler no menciona la actualización o el índice aplicable?

Como dijimos más arriba, si el contrato de alquiler no menciona cuál será el índice de actualización, el precio se actualizará según el índice de garantía de competitividad.

Sin embargo, el contrato debe “hablar sobre actualización”, ya que, en caso de no hacer referencia a la actualización de precios, el propietario no podrá subir el alquiler. Igual y lógicamente, tampoco podrá subirlo si pactó expresamente con el inquilino que la renta no se actualizará.

Wolo, la plataforma que conecta propietarios e inquilinos

En Wolo somos especialistas en alquileres de larga duración, y llevamos años ayudando a los propietarios que quieren alquilar sus viviendas a encontrar a los inquilinos ideales, personas solventes y responsables en quienes confiar su vivienda. Todo gestionado de forma online desde nuestra plataforma, sin perder tiempo y estando actualizado en todo momento.

Además, somos la única plataforma de España que ofrece el servicio de Alquiler Garantizado, una modalidad de alquiler seguro gracias a la cual el propietario tiene asegurado el cobro del alquiler pase lo que pase y sin esperas. Si el inquilino no paga un mes, nosotros te pagamos a ti puntualmente, como si lo hubiera hecho el inquilino, y le reclamamos la deuda a él.

La inmensa mayoría de inquilinos cumplen escrupulosamente con sus obligaciones, pero nunca está de más saber que estás protegido por la plataforma inmobiliaria mejor valorada del país.

¿Cuánto cuesta un seguro de impago de alquiler?

¿Cuánto cuesta un seguro de impago de alquiler?

Los propietarios cuentan con ciertas herramientas para protegerse de posibles inquilinos que no pagan, la peor pesadilla de una persona que decide alquilar su vivienda para, justamente, obtener rentabilidad.

Una de esas herramientas es el seguro de impago del alquiler, un servicio, de hecho, cada vez más usado. La pregunta es, ¿cuánto cuesta este tipo de seguros? ¿Realmente merece la pena contratar uno? Esas son las preguntas que respondemos en este nuevo artículo del blog de Wolo.

¿Qué es un seguro de impago del alquiler?

Como ya dijimos en nuestro artículo anterior, el seguro de impago del alquiler es una póliza que protege al propietario cuando el inquilino deja de pagar el alquiler.

Estas pólizas cubren el pago de las rentas durante un periodo que puede variar entre 6 y 12 meses, dependiendo de la compañía aseguradora y la póliza contratada.

Además, algunos de ellos también incluyen servicios de defensa jurídica en caso de que el propietario deba iniciar un proceso de desahucio, y en algunos casos, reparaciones por daños causados por el inquilino.

Sin embargo, lo normal es que los servicios añadidos que incluye o no dependan del valor de la póliza. Es similar a lo que pasa con un seguro de coche, por ejemplo, a terceros (el más económico) o a todo riesgo (el más caro).

Factores que influyen en el precio del seguro de alquiler

El coste del seguro de alquiler puede variar dependiendo de varios factores:

  • Valor del alquiler mensual: la prima del seguro se calcula como un porcentaje del alquiler anual, lo que significa que, cuanto mayor sea el alquiler, mayor será el coste del seguro.
  • Coberturas adicionales: como decíamos, algunos seguros ofrecen servicios adicionales como cobertura frente a daños causados por el inquilino o asistencia legal ampliada, lo que puede aumentar el coste total.
  • Solvencia del inquilino: las aseguradoras realizan un estudio de la solvencia del inquilino antes de emitir una póliza. Cuanto más solvente sea el inquilino, menor será el riesgo percibido por la aseguradora, lo que puede reducir el precio de la prima.
  • Duración de la cobertura: el periodo que cubre la póliza también afecta al coste. Algunas pólizas cubren impagos hasta 12 meses desde el primer mes de impago, mientras que otras pueden ofrecer coberturas más cortas, como los primeros 6 meses.

Precio de la póliza del seguro de impago

Teniendo en cuenta los factores que acabamos de ver, el precio de un seguro de impago de alquiler suele oscilar entre el 3% y el 5% del alquiler anual, aunque dependerá de la aseguradora.

Por poner un ejemplo, si el alquiler mensual es de 1000 euros, el coste anual del seguro estaría entre los 360 y 600 euros. Es importante tener en cuenta que, aunque este coste puede parecer elevado, la protección que ofrece frente al riesgo de impago puede evitar pérdidas económicas mucho mayores en el futuro.

No obstante, lo mejor es evaluar si el coste del seguro justifica el nivel de cobertura que necesitas como propietario.

¿Quién debe contratar y pagar el seguro de alquiler?

El seguro de impago de alquiler debe ser contratado y pagado por el propietario de la vivienda, ya que es quien se beneficia directamente de las coberturas que ofrece. El propietario es el que corre el riesgo de impago y, por lo tanto, es quien debe asumir el coste de proteger sus ingresos.

Hay que saber que el propietario no puede obligar al inquilino a pagarlo; es decir, propietario e inquilino deberían negociar quién pagará el seguro, como ocurre con otras garantías económicas adicionales recogidas en la LAU, por ejemplo, el aval bancario.

Ahora bien, acordar que sea el inquilino quien lo pague no es una decisión demasiado acertada por parte del propietario, ya que nadie le garantiza que el inquilino siga pagando el seguro cumplido el primer año (o el primer periodo de facturación). Además, si el seguro está domiciliado en la cuenta del inquilino, es probable que el propietario ni siquiera sea consciente de que ha dejado de pagarlo.

Por qué debería el propietario contratar un seguro de impago

Contratar un seguro de impago es recomendable para cualquier propietario que busque una protección económica adicional frente a posibles impagos. Aunque poner en alquiler una vivienda puede ser una fuente de ingresos estable, siempre existe el riesgo de que el inquilino no cumpla con los pagos, lo que puede generar pérdidas significativas.

Un seguro de impago no solo asegura el cobro de las rentas; también, según el tipo de póliza contratada, proporciona seguridad en términos de defensa jurídica y otros gastos relacionados con el proceso de desahucio.

A pesar de todo, también hay que decir que la mayoría de inquilinos cumplen religiosamente con sus obligaciones, entre ellas, el pago de la renta.

¿Por qué es mejor el Alquiler Garantizado de Wolo que un seguro de impago?

Los seguros de impago tradicionales son útiles, pero tienen limitaciones que pueden dejarte expuesto cuando más lo necesitas. En Wolo, hemos diseñado una solución mucho más completa y beneficiosa para los propietarios: el  Alquiler Garantizado:

¿Por qué elegir Wolo en lugar de un seguro de impago?

  • Cobertura sin límites de tiempo: Mientras que un seguro de impago cubre entre 6 y 12 meses, nuestro Alquiler Garantizado te protege durante todo el tiempo que dure el contrato. Incluso si llega a producirse un desahucio, seguimos a tu lado, cubriendo el alquiler hasta que el inquilino abandone la propiedad.
  • Pagos asegurados desde el primer día: Con Wolo, no hay periodos de carencia. Si el inquilino no paga, tú sigues cobrando puntualmente desde el primer día de impago, sin interrupciones en tu renta.
  • Acción rápida y efectiva: Si ocurre un impago, nuestro equipo especializado actúa de inmediato, gestionando tanto la recuperación extrajudicial de la vivienda como el proceso judicial en paralelo. Así, aceleramos al máximo el tiempo de resolución, que suele estar en torno a los 9 meses.
  • Gastos cubiertos: Desde tasas judiciales hasta los costes legales y de desahucio, en Wolo nos encargamos de todo. Tú no tendrás que preocuparte por nada.
  • Protección frente al vandalismo: Si te preocupa que el inquilino pueda causar daños, nuestro servicio cubre también este riesgo, ofreciéndote protección total.
  • Acompañamiento constante: No solo te protegemos, sino que estamos a tu lado en cada paso del camino. Nuestro equipo te mantendrá informado en todo momento sobre el estado de los pagos, las subidas del IPC y cualquier otra gestión.

En resumen, el Alquiler Garantizado de Wolo es mucho más que un seguro de impago: es una solución completa que asegura tu tranquilidad y la rentabilidad de tu vivienda.

¿Te gustaría saber por qué en Wolo ya somos la plataforma de propietarios de viviendas en alquiler mejor valorada del país? ¿Quieres una cobertura total frente a posibles impagos y seguir viviendo con tranquilidad?

Haz clic y descubre todo lo que te ofrece el Alquiler Garantizado de Wolo frente un seguro de impago.

¿Qué es un seguro de impago de alquiler?

Seguro de impago de alquiler, ¿qué es y cómo funciona?

Poner en alquiler una vivienda siempre conlleva un mínimo riesgo para el propietario. Entre los temores que estos pueden tener, el impago del alquiler es el mayor, sin duda. Por suerte, los propietarios cuentan con herramientas como el seguro de impago de alquiler, un servicio pensado para ofrecer una seguridad adicional ante posibles inquilinos morosos.

Aunque este tipo de servicio es ampliamente utilizado, es importante entender su funcionamiento, sus limitaciones y, por qué no, las mejores alternativas a él, como veremos a lo largo de este artículo sobre el seguro de impago del alquiler.

¿Qué es un seguro de impago del alquiler?

El seguro de impago de alquiler es una póliza contratada que garantiza el cobro de las rentas en caso de que el inquilino no pague. Esta cobertura no solo asegura una parte o la totalidad de las mensualidades impagadas, sino que también puede incluir otros servicios, como defensa jurídica para los procedimientos de desahucio.

Este tipo de seguros requiere un previo estudio de solvencia del inquilino (realizado por el banco o la aseguradora), lo que puede limitar las opciones del propietario a la hora de seleccionar candidatos. Por ello, es importante analizar tanto los requisitos como las coberturas que ofrece el seguro al propietario.

¿Qué cubre el seguro de alquiler?

El seguro de impago de alquiler suele ofrecer cobertura en varios aspectos.

En primer lugar, garantiza el cobro de las rentas impagadas, que generalmente se cubren por un periodo que oscila entre 6 y 12 meses. Además, muchas pólizas incluyen servicios legales para iniciar un proceso de desahucio, así como indemnizaciones por posibles daños que el inquilino cause a la propiedad.

No obstante, es fundamental leer detenidamente las condiciones del contrato, ya que algunas coberturas pueden estar sujetas a limitaciones y exclusiones, por lo que el propietario podría dejar de estar protegido en ciertas situaciones.

¿Quién debe contratar el seguro de impago?

Como hemos dicho, el seguro de impago está dirigido a propietarios que desean alquilar su piso y buscan una protección adicional ante posibles impagos.

Lo puede contratar y pagar tanto uno como otro, pero, por ley, el propietario no puede obligar al inquilino a ello. Es decir, está en su derecho de solicitarlo como requisito para alquilar la vivienda, dejando la decisión en manos del inquilino.

Dicho esto, la verdad es que no es una práctica recomendable hacer que sea el inquilino quien pague la póliza. Y la razón es sencilla: si el inquilino deja de pagar el alquiler, es probable que también deje de pagar el seguro, por lo que la póliza se cancelaría y el propietario ya no estaría protegido. Es más, si el inquilino tiene problemas económicos, lo primero que dejará de pagar serán gastos “superfluos”, entre ellos, este seguro.

Sin embargo, también puede darse el caso de que el inquilino contrate libremente el seguro de impago. Es una forma de protegerse a sí mismo de cara al futuro, para asegurarse de que el propietario sigue cobrando y no se ve obligado a expulsarlo de la vivienda.

Documentos solicitados para contratar un seguro de impago

Para poder acceder a un seguro de impago, el propietario debe proporcionar ciertos documentos que demuestren la capacidad de pago del inquilino. Entre los más habituales se encuentran el contrato de alquiler, un justificante de ingresos del inquilino (como nóminas o declaración de la renta) y el historial crediticio.

En general, las aseguradoras distinguen entre tipos de inquilinos en función de su situación laboral.

  • Trabajadores por cuenta ajena (empresa): lo normal es solicitar las dos o tres últimas nóminas, así como el contrato de trabajo para comprobar la antigüedad en la empresa. Los indefinidos suelen ofrecer más garantías que los contratos temporales.
  • Trabajadores por cuenta propia (autónomos): en este caso, habrá que presentar las dos o tres últimas declaraciones trimestrales del IRPF y/o del IVA, además del recibo de la cuota de autónomo.
  • Pensionistas: a los jubilados se les suele pedir el justificante de su condición de pensionista, además de un justificante de sus ingresos bancarios, como el extracto de cuenta.

Diferencias entre un aval bancario y un seguro de impago

El aval bancario y el seguro de impago de alquiler son dos herramientas que protegen a los propietarios, pero hay diferencias entre ellos.

El aval bancario es un acuerdo entre el inquilino y su banco, en el cual la entidad financiera se compromete a pagar el alquiler en caso de que el inquilino no pueda hacerlo (sujeto a las condiciones y limitaciones que imponga la entidad). El aval es gestionado por el inquilino y depende de su relación con el banco.

Por su parte, el seguro de impago lo contrata el propietario (aunque también puede pedírselo al inquilino, sin obligación de hacerlo) y garantiza el cobro de la renta. A diferencia del aval, en el seguro de impago el asegurado es el propietario, no el inquilino, y ofrece coberturas más amplias: desperfectos en la vivienda, asesoramiento legal en caso de desahucio, etc.

El Alquiler Garantizado de Wolo, mucho más que un seguro de alquiler

Aunque los seguros de impago de alquiler son una opción conocida, no siempre ofrecen la protección que los propietarios necesitan. En Wolo, hemos desarrollado un servicio que va más allá del seguro de impago tradicional: el Alquiler Garantizado de Wolo .

¿Por qué es mejor el Alquiler Garantizado de Wolo?

  • Cobertura sin límites temporales: A diferencia de los seguros convencionales que cubren entre 6 y 12 meses, nosotros te ofrecemos protección ilimitada durante todo el contrato de arrendamiento. Incluso en casos de desahucio, cubrimos la renta hasta que recuperes tu vivienda.
  • Pago inmediato desde el primer impago: Sin periodos de espera. Con Wolo, si tu inquilino deja de pagar, tú sigues recibiendo el alquiler desde el primer mes de impago, garantizando tus ingresos sin interrupciones.
  • Recuperación de la vivienda más rápida: Si el inquilino incumple, iniciamos de inmediato tanto la negociación extrajudicial para recuperar la vivienda de manera voluntaria, así como el proceso judicial paralelo, para que el desahucio no se prolongue más de lo necesario.
  • Cubrimos todos los gastos legales: Abogados, tasas judiciales y cualquier gasto relacionado con el desahucio o la recuperación del alquiler están completamente cubiertos por nosotros. Tú no tendrás que desembolsar nada.
  • Protección frente a daños y vandalismo: Si tu vivienda sufre algún daño por parte del inquilino, nuestra cobertura incluye los costes derivados del vandalismo para que tu inversión esté siempre protegida.
  • Atención personalizada y constante: No solo te protegemos en los momentos difíciles, también te mantenemos informado en todo momento. Desde la gestión de impagos hasta cualquier cambio en las condiciones del alquiler, te acompañamos en cada etapa del proceso.

En conclusión, el Alquiler Garantizado de Wolo es mucho más que un simple seguro de impago: es la forma más completa y eficaz de asegurar tu alquiler y proteger tu tranquilidad.

Por todo ello, en  Wolo ya somos la plataforma de propietarios de viviendas en alquiler mejor valorada del país.

¿Te gustaría saber más sobre las ventajas de nuestro Alquiler Garantizado? Haz clic y descúbrelo.

¿Cómo declarar el alquiler siendo inquilino?

Soy inquilino, ¿puedo declarar el alquiler en la renta de 2024?

Como sabrás, la campaña de la Renta 2024 empieza el 2 de abril de 2025, y todos los españoles tenemos que ajustar cuentas con Hacienda.

En otro de nuestros artículos hablamos sobre cómo declarar la renta siendo propietario, pero hoy lo haremos de cómo declarar siendo inquilino, una pregunta que se hacen muchas personas que viven de alquiler.

Requisitos para declarar la renta como inquilino

Para declarar la renta como inquilino, primero hay que ser efectivamente inquilino de una vivienda alquilada. Puede parecer lógico, pero por “inquilino” se entiende la persona que cumple todos los siguientes requisitos:

  • El nombre del inquilino aparece en el contrato de alquiler, tanto si el inquilino vive solo como si comparte la vivienda. No podrá declarar la renta si el inquilino no figura en el contrato, tampoco en los casos en que vive con su pareja formal.
  • La vivienda alquilada debe ser su residencia habitual, algo que se formaliza con la firma del contrato de alquiler.
  • El inquilino debe estar empadronado en el municipio donde se encuentra la vivienda alquilada. De hecho, este no es solo requisito para poder declarar el alquiler, sino una obligación que, de no cumplirse, puede acarrear multas administrativas.
  • El alquiler debe ser legal, es decir, el propietario debe haber depositado la fianza en el organismo competente de cada comunidad autónoma. El inquilino puede pedir al propietario el justificante del depósito o comprobarlo poniéndose en contacto con el organismo en cuestión.

El DNI del propietario también deberá aparecer en la declaración del inquilino, aparte de otros datos de la vivienda, como la dirección completa y el número de catastro.

Si no se cumple uno de estos requisitos anteriores, el inquilino no podrá declarar el alquiler.

¿Qué puede desgravarse el inquilino en su declaración de la renta?

Los contratos de alquiler firmados hasta el 31 de diciembre de 2014 se benefician de una deducción a nivel estatal del 10,05% de las cuotas pagadas en concepto de alquiler, siempre que la base imponible sea inferior a los 24.107,20 € anuales.

También están sujetos a deducciones gastos como la comunidad de propietarios, el IBI y el seguro de hogar que cubra el continente (siempre, claro, que los pague el inquilino). Quedan excluidos los impuestos de gestión de residuos urbanos, los suministros de la vivienda y los gastos de pequeñas reparaciones llevadas a cabo por desgaste natural de los equipamientos.

Sin embargo, las deducciones estatales fueron eliminadas por el Gobierno en el caso de los alquileres firmados a partir del 1 de enero de 2015 incluido. Esto significa que los contratos con fecha de firma posterior no disfrutan de las deducciones que acabamos de ver, pero sí de las deducciones propias de cada comunidad autónoma.

¿Qué desgrava el alquiler en cada comunidad autónoma?

Deducciones del alquiler por comunidad autónoma en 2024

Cada comunidad autónoma aplica una serie de requisitos o restricciones a la hora de deducirse gastos derivados del alquiler, que son:

  1. el precio del alquiler,
  2. la edad del inquilino,
  3. los ingresos del inquilino,
  4. límites máximos que pueden deducirse
  5. y la dación en pago (aplicable solo en algunas comunidades)

Antes de ver las deducciones que aplica cada comunidad autónoma, hay que tener en cuenta lo siguiente:

  • Se deben aplicar las deducciones fiscales permitidas por la comunidad autónoma donde se resida (vivienda habitual). Es decir, un inquilino con un piso alquilado en Madrid no puede aplicarse las deducciones de Andalucía aunque siga empadronado en esta última comunidad (algo que, además, no debería hacer si su vivienda habitual está en Madrid).
  • Cuando se aplican límites de edad, hay que considerar la edad a día 31 de diciembre.
  • Si se comparte piso, cada inquilino deberá declarar la parte proporcional que paga, no se divide en partes iguales. Por ejemplo, un alquiler de 1000 €/mes entre dos inquilinos donde uno paga 700 €/mes y el otro, 300 €/mes. La base del primero serán 8400 € (700 € x 12 meses), la del segundo, 3600 € (300 € x 12 meses).

Andalucía

En Andalucía, los menores de 35 años pueden desgravarse hasta el 15% del alquiler si la base imponible y el ahorro (casillas 0435 y 0460) es igual o inferior a 25.000€. El límite de deducción general es de 600 €.

Aragón

La comunidad de Aragón es un caso particular, ya que en ella es deducible el 10% del alquiler y solo si la vivienda se alquila como dación en pago. El máximo de deducción es de 4800 € anuales y la base imponible del contribuyente no puede superar los 15.000 €.

Asturias

Asturias permite desgravarse el 10% del alquiler, con un máximo de 500 €, un porcentaje que sube hasta el 20% en el caso de inquilinos menores de 35 años.

Baleares

En las Islas Baleares, la deducción es del 15%, con un máximo de 400 €. Los requisitos son dos:

  • Que se cumpla uno de estos supuestos: menor de 36 años, tener un grado de discapacidad física igual o superior al 65% o uno de discapacidad mental igual o superior al 33%, o ser familia numerosa.
  • O que la base imponible general y del ahorro no supere los 20.000 € o 26.000 € para familias numerosas.

Igualmente, existe una deducción del 15%, con un máximo de 440 €, para quienes se trasladan a otra isla del archipiélago por motivos laborales, con una base imponible y un ahorro inferior a 30.000 €/año.

Canarias

En Canarias, la deducción es del 24%, con un máximo de 720 €. La suma de la base imponible general más la base imponible de ahorro no puede superar los 22.000€.

Cantabria

En Cantabria se aplica una deducción del 10%, con un máximo de 300 € o 600 € en tributación conjunta. Además, se deberá tener menos de 35 o más de 65 años, o bien tener cualquier tipo de discapacidad con grado igual o superior al 65%.

Castilla-La Mancha

En Castilla-La Mancha, la deducción es del 15% para menores de 36 años, con un máximo de 450 €, siempre que la base imponible sea inferior a los 12.500 € o 25.000 € en declaración conjunta.

Castilla-León

Castilla-León permite deducirse un 20% del alquiler en el caso de ser menor de 36 años, hasta un máximo de 459 €, y hasta un 25% con un máximo de 612 €. La base imponible es como máximo 18.900 € o 31.500 € en declaración conjunta.

También se aplica otro criterio: la vivienda alquilada debe estar en un municipio de menos de 10.000 habitantes o 3.000 habitantes si se encuentra a menos de 30 kilómetros de la capital de provincia.

Cataluña

En el caso de Cataluña, es posible deducirse hasta un 10% del alquiler, con un máximo de 300 €, si se tienen 32 años o menos, se ha estado en paro durante 183 días o más durante el ejercicio fiscal, se tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o se es viudo/a con más de 65 años.

Además, la base imponible y el ahorro menos el mínimo por descendientes (casillas 0435, 0460 y 0520 de la declaración) debe ser inferior a los 20.000 €.

Extremadura

Podrán deducirse hasta el 30% del alquiler los menores de 36 años, con un límite de 1000 €, que aumenta a 1500 € si la vivienda está en medio rural (poblaciones de menos de 3000 habitantes). También se aplican deducciones en caso de familia numerosa y grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Galicia

En Galicia se deducirán un 10% del alquiler los menores de 36 años, siempre que la base imponible y el ahorro sea inferior a los 22.000 €.

Madrid

En la Comunidad de Madrid, la deducción llega hasta el 30%, con un límite de 1237,20 €. Para ello, hay que ser menor de 35, desempleado con cargas familiares o que la cantidad que se paga de alquiler supere el 20% de la suma de la base imponible y del ahorro del contribuyente.

Murcia

Los requisitos son ser menor de 35 años o mayor de 65, ser familia numerosa o tener un grado de discapacidad de al menos el 65%. La deducción es del 10%, con un máximo de 300 €.

La Rioja

Se aplica una deducción del 10% para menores de 36 años con una base imponible máxima de 18.030 €. La deducción máxima es de 300 €, y la deducción puede ser del 20% en determinados municipios de la comunidad.

Valencia

Por último, en la Comunidad Valenciana se aplica una deducción del 15%, con un límite de 550 €, si la base imponible y el ahorro es inferior a los 30.000 €.

Quienes tengan 35 años o menos, grado de discapacidad física igual o superior al 65%, o grado de discapacidad mental igual o superior al 33%, se benefician de una deducción del 20% con un máximo de 700 €.

Esperamos que este artículo te haya ayudado a la hora de declarar el alquiler como inquilino. Y recuerda que, si estás pensando en cambiar de piso, en Wolo contamos con una amplia oferta de vivienda en alquiler.

A los propietarios les ofrecemos una manera segura de alquiler su vivienda, y los inquilinos también disfrutan de ventajas como la gestión 100% online a través de nuestra plataforma.

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Pros y contras del alquiler turístico y del de larga estancia

Alquileres vacacionales vs Alquileres de larga estancia: ¿cuál elegir?

Si eres propietario de un piso vacío, tal vez le estés dando vueltas a la (buena) idea de alquilarlo para obtener ingresos pasivos cada mes. Pero no sabes si lo que más te conviene es un alquiler vacacional o un alquiler de larga estancia.

Como todo en la vida, cada tipo de alquiler tiene sus ventajas y sus inconvenientes, por lo que elegir entre un modelo u otro dependerá en gran medida de tus necesidades y de tus expectativas como propietario. Sin embargo, en Wolo queremos ayudarte en tu decisión contándote todo lo que debes saber sobre el alquiler vacacional y el alquiler de larga estancia.

¿Qué es un alquiler vacacional y qué es uno de larga estancia?

Lo primero que hay que tener claro son los propios conceptos de alquiler vacacional (o turístico) y los alquileres de larga estancia.

Cuando hablamos de alquileres vacacionales, nos referimos a aquellas estancias cortas, generalmente de menos de un mes, que el inquilino realiza con fines vacacionales o turísticos. Estas propiedades siempre están amuebladas y equipadas para proporcionar una experiencia cómoda y completa a los huéspedes.

Por su parte, el alquiler de larga estancia es el que se realiza con fines no turísticos y tiene una duración superior a los 11 meses. Normalmente, desde la última reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos en este sentido, los contratos de alquileres de larga estancia se firman por un periodo de cinco años en el caso de personas físicas y de siete en el caso de personas jurídicas (aunque estos contratos, cumplido el tiempo por el que se firman, pueden estar sujetos a prórrogas y reconducciones).

Aprovechamos también para hablar brevemente de un tipo de contrato de alquiler intermedio entre estos dos, que es el alquiler de corta estancia, un modelo de contrato que se firma por un periodo comprendido entre 32 días y 11 meses, bien por motivos laborales, estudios o para disfrutar de unas largas vacaciones.

Ventajas y desventajas de los alquileres vacacionales

Sabiendo ya qué es, veamos los pros y los contras de los alquileres vacacionales.

Ventajas:

  • Ingresos potencialmente más altos: a corto plazo, los alquileres vacacionales pueden generar ingresos más altos por noche en comparación con los alquileres de larga estancia, especialmente en las temporadas altas.
  • Mayor actualización de precios: se tiene la capacidad para adaptar los precios rápidamente según la demanda del mercado, siempre dentro de lo permitido por la regulación autonómica en materia de alquileres vacacionales.
  • Flexibilidad: el propietario puede bloquear fechas para uso personal o para mantenimiento, ofreciendo una mayor flexibilidad en comparación con los alquileres a largo plazo.
  • Diversificación de inquilinos: al haber una rotación más alta de inquilinos, el propietario no depende de una sola persona para cobrar el alquiler.

Desventajas:

  • Mayor esfuerzo en gestión: requieren una gestión más intensiva, lo que incluye la limpieza frecuente, mantenimiento y comunicación constante con los huéspedes.
  • Ingresos fluctuantes: los ingresos de los alquileres turísticos pueden ser muy variables y dependen de la temporada, la demanda y la competencia local.
  • Regulaciones y restricciones: en algunas zonas, sobre todo las grandes ciudades, los alquileres vacacionales están sujetos a regulaciones estrictas y a la obtención de licencias, que en algunos casos son bastante costosas.
  • Suministros a cargo del propietario: aunque el piso turístico tenga una buena tasa de ocupación a lo largo del año, el propietario siempre deberá hacerse cargo del pago de los suministros, algo que no ocurre en los alquileres de larga estancia.
  • Carga impositiva: los alquileres turísticos no desgravan en la declaración de la renta. Sí es posible desgravarse gastos relacionados con el mantenimiento, los suministros y las diferentes tasas. Además, si el piso ofrece servicios de hostelería, se considera actividad económica, por lo que está sujeta al pago de IVA y a la declaración trimestral del IRPF (en la práctica, es como una actividad de autónomo).
  • Riesgo de incidencias: los inquilinos que residen en la vivienda durante unos días suelen ser menos cuidadosos con los equipamientos y otros elementos físicos de la vivienda, los cuales, en caso de rotura o deterioro, es habitual que corran a cargo del propietario.

Ventajas y desventajas de los alquileres de larga estancia

Con respecto a los alquileres de larga estancia, podemos mencionar las siguientes ventajas y desventajas.

Ventajas:

  • Ingresos más estables y constantes: suponen una fuente de ingresos más predecible y estable a lo largo del tiempo, ya que no sufren las fluctuaciones de temporada.
  • Menos gestión: son alquileres que requieren menos implicación en el día a día en comparación con los alquileres vacacionales.
  • Menos desgaste de la vivienda: al haber una menor rotación de inquilinos, es probable que la vivienda sufra menos desgaste con el tiempo.
  • Deducciones fiscales: los contratos de larga estancia hechos hasta el 31 de diciembre de 2023 se deducían hasta un 60% de la renta, así como otros gastos que el propietario puede deducirse. Ese porcentaje, para los nuevos contratos hechos desde el 1 de enero de 2024, es en general del 50%, aunque existen casos en los que la deducción es entre el 60% y el 90%, como contamos en nuestro post sobre la declaración de los alquileres en la renta.
  • Alquiler garantizado: siempre que se alquile el piso a través de agencias inmobiliarias que ofrezcan un servicio de alquiler seguro, como nosotros ofrecemos en Wolo, el propietario tendrá asegurado el cobro de la renta todos los meses.

Desventajas:

  • Menos flexibilidad: una vez alquilada la vivienda, el propietario no podrá disfrutar de ella mientras dure el contrato de alquiler, aunque siempre podrá visitarla avisando al inquilino con suficiente antelación. Respecto al alquiler, los ajustes en el precio son anuales y no inmediatos, subidas anuales recogidas en la Ley de Arrendamientos Urbanos o la nueva Ley de Vivienda.
  • Riesgo de inquilinos problemáticos: aunque es muy poco frecuente, un inquilino problemático puede ser más difícil de manejar en el caso de un alquiler de larga estancia. Sin embargo, la ley reconoce al propietario el derecho a rescindir el contrato de alquiler si el inquilino realiza actividades que perturben la convivencia vecinal, entre tantas otras causas.
  • Potencialmente menos rentable a corto plazo: según la zona donde esté la vivienda, y a pesar de la estabilidad de los ingresos, puede que estos no sean tan altos como los que suponen los alquileres vacacionales en ubicaciones de alta demanda turística.

¿Aún no nos crees? Clica en el enlace para calcular la rentabilidad de un alquiler vacacional frente a uno de larga estancia.

¿Cuánto tiempo alquilar un piso como vacacional para que sea más rentable que un alquiler de larga estancia?

Los alquileres vacacionales o turísticos son más rentables que los alquileres de larga estancia a partir del 60% de ocupación. Esto equivale a tener el piso alquilado aproximadamente 18 días de cada mes, una cifra bastante alta. Algunos propietarios, de hecho, para mantener o superar esa ocupación aceptan reservas por menos dinero del que normalmente pedirían, todo por cubrir los costes que supone tener la vivienda en propiedad.

Sin embargo, esto no ocurre con los alquileres de larga estancia, donde el inquilino reside habitualmente en la vivienda durante todos los días del mes, a cambio del pago de una renta fija. Con esto, el propietario que se decanta por este modelo de alquiler no tiene que hacer malabares con las cuentas ni preocuparse por la “tasa de ocupación”, pues siempre será del 100%.

A modo de conclusión, y después de ver las diferencias entre ambas formas de alquiler, podemos decir que:

  • Un contrato de larga estancia le supondrá al propietario ingresos fijos (aunque fuesen inferiores a los que tendría en un alquiler vacacional, siempre que consiguiera la ocupación mínima).
  • En este tipo de alquileres, los inquilinos mantienen y cuidan la vivienda debidamente, ya que, en el fondo, se trata de su residencia habitual.
  • Además, los contratos de larga estancia suponen beneficios fiscales para el propietario que no tienen los contratos vacacionales, así como menos gastos, pues lo habitual es que sea el inquilino quien pague los suministros y el seguro de hogar, como mínimo.
  • Suponen muchísima menos gestión y quebraderos de cabeza, especialmente si se cuenta con la ayuda de agencias o plataformas de alquiler de pisos.
  • Aunque el contrato se firme por un periodo mínimo de cinco años, la ley reconoce al propietario varios supuestos en los que rescindir el contrato al inquilino, como la necesidad de recuperar la vivienda cumplido el primer año, realizar actividades molestas, nocivas o ilegales, hacer obras sin permiso, subalquilar y otras situaciones que suponen un incumplimiento del contrato de alquiler por parte del inquilino.

Nosotros tenemos claro que la mejor opción que tienes como propietario es el alquiler de larga duración.

¿Tú también? Alquila con Wolo, especialistas en alquileres de larga estancia

En Wolo somos la plataforma de propietarios de viviendas mejor valorada del país, y estamos especializados en los alquileres de larga estancia.

Como expertos en el sector, y siendo conscientes de todo lo que implica un alquiler de larga estancia, ofrecemos a los propietarios las herramientas y los servicios que necesitan para alquilar su piso de manera segura:

  • Alquiler Garantizado: te aseguramos el cobro del alquiler de manera puntual, sin excepciones, esperas ni retrasos, y eso aunque el inquilino no pague. Mucho mejor que cualquier seguro de impago de alquiler.
  • Búsqueda de inquilinos: encontramos a los inquilinos perfectos para tu vivienda, lo que incluye la realización de un minucioso estudio de solvencia de los candidatos.
  • Gestión de desahucios: si llegara a ser necesario, nos encargamos de todo el proceso para desahuciar al inquilino, y tú, el tiempo que tarde en producirse el lanzamiento, seguirás cobrando el alquiler sin excepción ni límite de tiempo.

Definitivamente, la decisión de alquilar tu piso para un fin u otro depende de ti. Pero, si te hemos convencido de que el alquiler de larga duración es la mejor opción, podemos asegurarte que somos la mejor plataforma inmobiliaria con la que puedes hacerlo.

¿Se puede convertir un local en una vivienda para ponerla en alquiler?

¿Se puede convertir un local en una vivienda?

Si eres propietario de un local comercial vacío, quizás te estés planteando convertirlo en vivienda, una opción cada vez más popular teniendo en cuenta que el mercado del alquiler sigue falto de oferta, sobre todo en las grandes ciudades como Madrid y Barcelona.

Por responder a tu pregunta, sí, se puede convertir un local en vivienda, pero para ello hay que cumplir ciertos requisitos legales y seguir una serie de pasos. Te explicamos todo a continuación.

Requisitos para convertir un local en vivienda

Algunos de los requisitos para convertir un local en vivienda podrían variar de un municipio a otro, pero podemos hablar de los que son comunes en todo el territorio español.

  • La futura vivienda debe estar situada en suelo urbano, es decir, dentro de la ciudad. Para saberlo, habrá que consultar el Plan Urbanístico del municipio en cuestión.
  • Su superficie útil debe ser como mínimo de 40 metros cuadrados.
  • La altura desde el suelo hasta el techo debe ser al menos de 2,5 metros.
  • El local no puede encontrarse en un sótano, es decir, por debajo del nivel de calle.
  • Debe tener salida de humos, para instalar el baño y la cocina.
  • El acceso debe hacerse a través de un espacio público, un espacio común o un espacio anexo a la vivienda.
  • La fachada debe tener la anchura mínima para instalar ventanas.

También hay que diferenciar entre los locales que están instalados en pisos y los que están a pie de calle. La importancia es que, normalmente, los locales a pie de calle necesitarán más inversión para convertirlos en viviendas.

Pasos para convertir en vivienda un local

Si el local cumple con todos los puntos de antes, habrá que seguir una serie de pasos para convertirlo en vivienda. Como ocurre con los requisitos, es posible que el proceso sea más o menos largo dependiendo del municipio donde esté la futura vivienda.

1. Viabilidad del local

Lo primero es asegurarse de que es físicamente viable convertir el local en vivienda, para lo que será necesario contar con un arquitecto técnico que lo certifique y que realice el plan del proyecto. Igualmente, la viabilidad también se refiere a que el cambio de local a vivienda no afecte a la densidad de viviendas permitidas según la calificación urbanística que tenga el terreno.

2. Licencia y ejecución de la obra

Presentado el proyecto ante el ayuntamiento, lo siguiente es solicitar la licencia de obra, cuyo importe dependerá del ayuntamiento. Transformar un local en vivienda se considera una obra mayor, por lo que los costes de la licencia serán mayores que los de una pequeña reforma. Es importante que las obras las realice un equipo de profesionales que sigan todo lo trazado en el proyecto inicial.

3. Cambio de uso

El cambio de uso es una licencia por la cual se modifica de forma permanente la utilidad del inmueble. Es decir, se establece que, desde ese momento, el local se convierte en una vivienda a efectos del catastro municipal. Este permiso también se solicitaría para el proceso inverso, cuando se transforma una vivienda en local.

4. Cédula de habitabilidad/licencia de primera ocupación

La cédula de habitabilidad es el documento que certifica que el inmueble reúne las condiciones mínimas para ser una vivienda. Estas condiciones, fijadas por cada ayuntamiento, se refieren a la superficie, distribución, higiene y seguridad. La mayoría de comunidades autónomas exigen la cédula de habitabilidad, mientras que en otras, como la Comunidad de Madrid, se exige la licencia de primera ocupación en su lugar.

5. Certificado de eficiencia energética

El certificado energético, obligatorio desde 2013, es el documento donde aparece el consumo de la vivienda, su aislamiento térmico y su cantidad de emisiones de CO2.

¿Es rentable convertir un local en vivienda?

Sobre la estimación de la rentabilidad de esta transformación, hay que tener en cuenta dónde se encuentra el local (zona comercial o zona residencial) y en qué ciudad. Lo que sí está claro es que, independientemente del municipio, el comercio minorista no está pasando por su mejor momento, mientras que la demanda del alquiler no deja de aumentar.

Esto último es especialmente notable en las grandes urbes (Madrid, Barcelona, Zaragoza, Málaga, Sevilla…), donde convertir un local en vivienda destinada a alquiler es una forma segura de obtener ingresos pasivos.

El Alquiler Garantizado de Wolo

Antes mencionamos los cinco pasos para crear una vivienda de un local, pero en realidad nos dejamos uno: alquilar de manera segura con el servicio de Alquiler Garantizado de Wolo, la única plataforma inmobiliaria que encuentra a los inquilinos ideales para tu piso y, además, te asegura el cobro de la renta pase lo que pase, sin esperas y sin excusas, y por tiempo ilimitado.

Si tienes un local vacío al que no le das salida… ¡Conviértelo en vivienda, alquílalo con el alquiler seguro de Wolo y sácale rendimiento mes a mes!

Qué gastos se desgravan en el alquiler

Desgravarse el alquiler: ¿qué puedes deducirte como propietario en la renta de 2024?

La Agencia Tributaria es como San Pedro: antes o después, siempre tendremos que rendir cuentas ante ellos. En el caso de Hacienda, estas cuentas son literales, ya que debemos declarar todos los ingresos que hayamos tenido a lo largo del año fiscal (2024 en este caso), y el dinero que percibes por alquilar tu piso no es una excepción.

Sin embargo, y a pesar de que así lo hemos indicado en el título de este post de Wolo, la realidad es que desgravar y deducir son conceptos muy parecidos, pero no son exactamente lo mismo. Por eso, empezaremos viendo la diferencia entre ellos antes de hablar de los gastos que puedes desgravarte como propietario de una vivienda alquilada.

Desgravar y deducir, ¿qué diferencia hay?

Los impuestos se aplican (suman o restan) sobre una cantidad de dinero, que es lo que se conoce como base imponible. Por ejemplo, el 21% de IVA sobre el precio de un producto que no tiene el reducido: si el precio libre de impuestos del producto es 100€ (base imponible), el precio de venta al público será de 121 €.

Desgravar y deducir impuestos consiste en la misma acción, que es restar impuestos que se aplican a la base imponible, pero hay un matiz: mientras que desgravar es restar la cantidad total que se ha pagado, deducir es restar una parte, normalmente expresada en porcentajes.

Pensemos en el caso de una herencia recibida, 50000€. Pagar el funeral del fallecido desgrava, por lo que, si nos gastamos 5000€ en él, la base imponible sobre la que se aplicarán los impuestos correspondientes será de 45000€ (50000€ – 5000€). Normalmente, desgravar hace referencia a gastos que tenemos.

Ahora, pensemos en una donación que hacemos, y que podemos deducirnos de nuestra declaración de la renta. En este caso, no restamos el importe total de la donación a nuestra base imponible, sino que restamos el porcentaje determinado de ese tipo de donación.

Por tanto, cuando hablamos de qué puedes desgravarte como propietario por el alquiler de tu piso, nos referimos a aquellas cantidades de dinero que has pagado y que puedes descontar del importe bruto anual que has recibido por parte de tu inquilino. Y, cuando hablamos de deducir el alquiler, nos referimos al porcentaje que Hacienda te permite descontar sobre la base imponible una vez aplicadas las cantidades desgravadas.

Ahora sí…

¿Qué gastos puedes desgravarte por alquiler de tu vivienda en 2024?

Poner tu vivienda en alquiler es una manera excelente de obtener ingresos pasivos mes a mes. Pero ser el propietario también conlleva algunos gastos, muchos de los que, por suerte, puedes desgravarte a la hora de declarar el alquiler en tu renta. Veamos cuáles son estos gastos:

1. Impuestos y tasas

El primer impuesto que puedes desgravarte como propietario es el IBI, ya que lo más normal es que sea el propietario quien pague el IBI en un contrato de alquiler.

Otros impuestos desgravables son las tasas municipales de limpieza, basura, alumbrado o agua. Pero hay que tener en cuenta que no son desgravables los incrementos de estos impuestos derivados de multas o sanciones.

2. Gastos de conservación y de reparación de la vivienda

El propietario debe costear algunas de las obras que se hacen en el piso alquilado. Son, concretamente, las obras que se realizan para mantener las condiciones mínimas de habitabilidad (conservación) y las reparaciones necesarias, desde el cambio de electrodomésticos hasta la pintura de las paredes.

Aquí también entra un gasto indirecto relacionado con la conservación/reparación del inmueble como es el seguro de hogar, cuyo importe anual también puedes desgravarte en la renta.

3. Intereses de la hipoteca

Si tienes en propiedad un piso del que todavía estás pagando la hipoteca, debes saber que también puedes desgravártela. Ojo, nos referimos a los intereses que pagas por la hipoteca al banco, no al importe total del préstamo.

4. Gastos de la comunidad

Como ocurre con el IBI, los gastos de la comunidad suelen correr a cargo del propietario. Son los gastos que se destinan a los servicios comunes del inmueble, como la luz de la escalera, el agua (si existe contador comunitario), conserje (si existe), mantenimiento del ascensor, seguro de la comunidad, etc. También puedes incluir en la declaración los gastos extraordinarios que haya habido, las clásicas derramas.

5. Amortización de bienes inmuebles

La amortización de bienes inmuebles supone el 3% sobre el valor catastral de la vivienda, así como de los bienes muebles. Si alquilas el piso con muebles, esto se amortizará un 10% por cada año de alquiler transcurrido.

6. Gastos del contrato de alquiler

Por último, también son desgravables los gastos derivados del propio contrato de alquiler. No hay unas tasas fijas en todo el territorio, y es común que pagues más si alquilas tu piso en Madrid o si alquilas tu piso en Barcelona, dos de las ciudades con los precios del alquiler más altos de España.

Si has recurrido a agencias o plataformas inmobiliarias, la comisión que cobran también podrás desgravártela, siempre que la hayas pagado tú y no el inquilino (tal como recoge la ley de vivienda aprobada en 2023).

Una vez reúnas y sumes el importe anual que te han supuesto estos gastos, deberás restarlo al dinero que has recibido por el alquiler para obtener la base imponible sobre la que deducirte el 60% por alquiler de vivienda habitual del inquilino. Recuerda que en este post te damos toda la información sobre cómo hacer la declaración del alquiler.

¿Y el inquilino, puede desgravarse algo?

Los inquilinos que tengan un contrato de alquiler firmado antes del 1 de enero de 2015 pueden deducirse el importe del alquiler, es decir, descontar un porcentaje de la cantidad anual que han pagado. Sin embargo, los contratos firmados con fecha posterior no disfrutan de esta deducción estatal, aunque sí de las diferentes deducciones autonómicas.

El porcentaje de estas deducciones, que varía según la comunidad autónoma, se fija según diferentes factores, como la edad del inquilino, el importe del alquiler, si el inquilino vive solo o no, la ubicación de la vivienda (si es medio urbano o rural), etc.

Alquila tu vivienda sin preocupaciones

Como dijimos más arriba, alquilar tu vivienda es la opción perfecta para obtener beneficios mes a mes. Sin embargo, tu dinero estará asegurado siempre que recurras a agencias y plataformas inmobiliarias que te ofrezcan formas de alquiler seguro.

En Wolo, a diferencia de las plataformas que ofrecen seguros de alquiler llenos de letra pequeña, te ofrecemos nuestro Alquiler Garantizado, un servicio con el que cobrarás pase lo que pase, puntualmente y sin periodos de espera ni de carencias. Te lo explicamos bien claro:

  • Si tu inquilino no paga, nosotros te pagamos a ti y reclamamos el importe al inquilino. Si persiste en el impago, iniciamos el proceso de desahucio.
  • Recibirás tu dinero puntualmente mes a mes. Automáticamente, sin esperas ni excusas.
  • Nos ocupamos de todo el proceso que supone alquilar tu piso (tasación, anuncio, búsqueda y evaluación de inquilinos…), para que tú solo tengas que revisar y firmar el contrato definitivo.
  • Tendrás acceso a una plataforma online, 24 horas al día, desde la que podrás realizar siempre un seguimiento del alquiler, así sabrás en todo momento qué ocurre con tu dinero.

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Dos personas decidiendo sobre el alquiler con opción a compra

El alquiler con derecho a compra: ¿es conveniente hacerlo?

El alquiler con derecho a compra es una modalidad de contrato muy interesante para los inquilinos que, aun careciendo de los ingresos necesarios, quieren comprarse una vivienda a medio-largo plazo. Pero también tiene algunas ventajas para el propietario de la vivienda, como veremos a lo largo de este post donde te damos toda la información sobre la opción del alquiler con derecho a compra.

¿En qué consiste el alquiler con derecho a compra?

El alquiler con derecho a compra consiste en que el inquilino vive en el piso y paga las mensualidades al propietario, como un alquiler al uso. Sin embargo, pasado un tiempo pactado con el propietario, el inquilino tendrá derecho a comprar el piso y descontar total o parcialmente las cuotas que ha pagado en concepto de alquiler.

Es decir, para el inquilino, es una manera de evitar que su dinero caiga en saco roto, aquello de que “vivir de alquiler es tirar el dinero”, una idea bastante extendida en España entre las personas de mayor edad.

¿Qué peculiaridades tiene el contrato de alquiler con opción a compra?

Este tipo de contrato es algo más complejo que un contrato de alquiler normal, ya que, en realidad, es un contrato doble: por un lado, existe el contrato de alquiler y, por el otro, el contrato de compraventa de la vivienda.

El contrato de alquiler

En el contrato de alquiler deberá aparecer la información habitual (precio del alquiler, plazos de tiempo para pagar, etc.), así como la duración del alquiler y el plazo estimado para ejercer el derecho a compra.

El contrato de compraventa

En cuanto al contrato de compraventa, debe mostrar la voluntad de ambas partes para realizar esta operación, indicando el precio de venta de la vivienda, porcentaje fijo o variable de las cuotas de alquiler que se descontarán de dicho precio y la prima que deberá pagar el inquilino interesado en adquirir la vivienda en el futuro (lo veremos más abajo).

Ventajas y desventajas del alquiler con opción a compra para el inquilino

Ventajas

Ahorro a la hora de comprar la vivienda

Más que un ahorro real, es el “pago gradual de la vivienda a través del alquiler”. Efectivamente, las cuotas del alquiler pagadas durante años se descuentan, total o parcialmente, del precio de venta de la vivienda, por lo que comprar la vivienda resulta mucho más fácil desde el punto de vista económico.

Facilidad de financiación

Esta ventaja está directamente relacionada con la anterior, ya que las entidades bancarias ven con buenos ojos que el inquilino ya haya pagado una parte de la vivienda a través de las cuotas del alquiler. Por tanto, el inquilino lo tendrá más fácil a la hora de solicitar una hipoteca para pagar el resto de la vivienda.

Desventajas

Bloqueo de precios

En realidad, el bloqueo del precio es un arma de doble filo, no solo para el inquilino, sino también para el propietario. El bloqueo de precios significa que el precio de compraventa se define inicialmente en el contrato y no podrá modificarse.

En otras palabras, si el mercado de vivienda se encarece, esto será un alivio para el inquilino, mientras que, si se abarata, tendrá que adquirir la vivienda al precio (superior) pactado en origen con el dueño.

Pago de la prima por opción a compra

La prima por opción a compra tiene un funcionamiento similar al de la fianza en los alquileres. Se trata de una cantidad de dinero que el inquilino debe desembolsar al propietario de la vivienda (no es obligatorio, pero sí frecuente), como manera de demostrarle que su intención de comprar la vivienda es seria. De hecho, si finalmente el inquilino no compra, perderá esta prima (como ocurre con la señal en los contratos de arras).

Ventajas y desventajas del alquiler con opción a compra para el propietario

Ventajas

Recibe liquidez por adelantado

El pago de la prima inicial permite al propietario disponer de liquidez en el acto, lo que, sumado a las mensualidades del alquiler, suponen unos ingresos considerables. Además, es importante saber que, si el inquilino finalmente no compra, el propietario podrá quedarse no solo con la prima, sino también (y lógicamente) con todas las cuotas pagadas en concepto de alquiler/compra.

Beneficios fiscales

La otra gran ventaja para el propietario es que disfrutará de ciertos beneficios fiscales; concretamente, podrá deducirse seguros de hogar, gastos de la comunidad, suministros y otros gastos que tengan que ver con el mantenimiento del inmueble.

Desventajas

Bloqueo de precios

Como dijimos en el caso del inquilino, el bloqueo de precios también supone una desventaja para el propietario, con la diferencia de que lo que es una ventaja para el inquilino es una desventaja para el propietario.

Es decir, si los precios de vivienda suben, el propietario no podrá vender al precio actual del mercado, sino al precio inicialmente pactado con el inquilino. Por el lado contrario, si los precios bajan, podrá vender a un precio superior al que la vivienda tendría en las circunstancias actuales del mercado.

En este sentido, por último, hay que aclarar que el precio del alquiler sí que puede variar en función de los índices de referencia (como el 3% máximo en 2024).

Recibo gradual del dinero

Otra de las desventajas del alquiler con opción a compra para el propietario es que no recibe de golpe la cuantía que recibiría si vendiera directamente, es decir, sin pasar por un contrato de opción con derecho a compra. Esta desventaja es especialmente importante cuando el propietario necesita de mucha liquidez de forma inmediata (por ejemplo, para comprar otra vivienda).

Tributación de la prima

La prima pagada por el inquilino pasa a formar parte de la base imponible del IRPF, y esto podría aumentar el tipo medio del gravamen. La única forma de “escapar” de esto es que el inquilino compre la vivienda el mismo año en que se inicia el contrato de alquiler, pero no es algo común.

Imposibilidad de realizar la venta a otra persona

Por último, hay que decir que, mientras el contrato con opción a compra esté vigente, el propietario no puede vender la vivienda a una tercera persona. Tampoco podrá alquilarla ni cederla.

La verdad es que, como ocurre en otras operaciones inmobiliarias (por ejemplo, si vender o alquilar un piso), la decisión de realizar un contrato de alquiler con opción a compra la mayoría de veces recae en la situación personal de cada uno, más allá de las ventajas y los inconvenientes que tenga.

Alquila tu piso sin preocuparte por los impagos

Dicho esto, alquilar tu vivienda siempre es una excelente manera de generar ingresos pasivos mes a mes. Para hacerlo, lo ideal es recurrir a Wolo, la única agencia en España que te ofrece un servicio de alquiler seguro con el que estarás 100% protegido de los posibles impagos:

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  • Tendrás acceso a una plataforma online, 24 horas al día, desde la que podrás realizar siempre un seguimiento del alquiler, así sabrás en todo momento qué ocurre con tu dinero.

No solo somos una agencia de alquiler de pisos, también puedes vender tu piso con nosotros, mediante una comisión fija + IVA, sin fluctuaciones según el lugar o el tipo de vivienda que quieras vender.

Si todavía no has oído hablar de Wolo, haz clic en el botón, rellena el formulario y descubrirás por qué somos la plataforma de propietarios de viviendas mejor valorada del país.

¿Qué hay que hacer para alquilar un piso en Madrid?

¿Cómo alquilar tu piso en Madrid de forma legal y con tranquilidad?

Como capital de España, poner en alquiler un piso en Madrid es una excelente manera de obtener beneficios pasivos cada mes, más teniendo en cuenta que es poco probable que se apliquen los límites al precio del alquiler recogidos en la nueva ley de vivienda aprobada en mayo de este año.

Las dudas de muchos propietarios tienen que ver con el proceso que hay que seguir, la legislación vigente, los impuestos que se deben pagar, cómo encontrar a los inquilinos ideales y otras cuestiones que resolveremos en este artículo.

Por tanto, si eres el propietario y estás planteándote alquilar tu piso en Madrid, toma nota y descubre cómo alquilar tu piso en la capital de manera legal y sin preocuparte por los impagos.

La legislación en materia de alquileres urbanos

El código legislativo que regula la relación propietario-inquilino es la Ley de Arrendamientos Urbanos, aunque de algunas mínimas cuestiones se encarga el Código Civil. Ambos se aplican en todo el territorio español, no solo en Madrid.

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), como decimos, establece cuáles son las obligaciones y los derechos tanto del propietario como del inquilino, regulando así la gran mayoría de supuestos que pueden darse en este tipo de relaciones contractuales. Como propietario de la vivienda, es importante que conozcas cuáles son los principales artículos de la LAU, así sabrás cómo actuar en todo momento.

Por ejemplo, debes saber que, como propietario, tienes derecho a cobrar el alquiler desde el primer día y dentro del plazo de tiempo fijado por el contrato, sin demoras y sin excusas. Si no fuera así, podrías iniciar los trámites para desalojar al inquilino. Otro punto importante es que puedes recuperar la vivienda cumplido el primer año de contrato, siempre que vaya a convertirse en tu residencia habitual o bien en la de tus padres o tus hijos/hijastros.

Por el lado contrario, también tienes una serie de obligaciones. Entre las más importantes, hay que mencionar la obligación de mantener la vivienda en condiciones mínimas de habitabilidad, el compromiso de respetar la intimidad del inquilino y, no lo olvides, declarar a Hacienda el dinero que percibes por el alquiler.

Como son muchos los derechos y las obligaciones de cada uno, puedes consultar los principales puntos de la LAU en este otro artículo.

Documentación necesaria para alquilar un piso en Madrid

La documentación necesaria para alquilar un piso en Madrid se divide entre documentos que hacen referencia a ti como propietario y otros que son relativos a la propia vivienda.

Los documentos que hacen referencia al propietario son el título de propiedad, conocido como “escrituras”, y, por supuesto, el Documento Nacional de Identidad que te identifica físicamente.

Por otra parte, los documentos que hacen referencia a la vivienda y que debes aportar son:

  • Licencia de primera ocupación: la Comunidad de Madrid es una de las pocas donde se solicita la licencia de primera ocupación. En el resto de ellas, lo que se pide es la cédula de habitabilidad, pero ambos documentos cumplen una función similar, que es la de asegurar que la vivienda reúne las condiciones mínimas para ser habitada (superficie, distribución, luz…). Te damos más información sobre la licencia de primera ocupación en este post.
  • Certificado energético: el certificado energético es la etiqueta (que da fe del informe completo) que indica el consumo de energía de la vivienda y sus emisiones de CO2. Desde 2013 es obligatorio contar con este documento a la hora de alquilar una vivienda.
  • Facturas de suministros e IBI al corriente de pago: el piso no debe tener “cargas”, concretamente, suministros pendientes de pago o el impuesto del IBI. En este punto, lo normal es que el propietario del piso alquilado pague el IBI, pero también tienes la opción de indicar en el contrato que será el inquilino quien lo haga.

Estudiar el precio del mercado del alquiler en Madrid

Como dijimos al principio, Madrid y su comunidad no parecen candidatas a ver sus precios de alquiler limitados por la nueva ley de vivienda. Es decir, no habrá zonas tensionadas en Madrid donde, según ciertos criterios, los propietarios deban establecer un alquiler máximo.

La traducción de esto es que podrás fijar el precio del alquiler libremente, teniendo en cuenta que:

  • Si fijas un precio demasiado bajo dentro del mercado, tendrás muchos candidatos, pero tu rentabilidad será inferior.
  • Si fijas un precio demasiado alto, obtendrás más rentabilidad, pero posiblemente te resulte más difícil encontrar inquilinos.

Por tanto, lo mejor es estudiar el mercado del alquiler para ver cuáles son los precios que el resto de propietarios fijan para sus viviendas ubicadas en la misma zona donde tienes la tuya. Una manera, por ejemplo, es consultar los anuncios en los diferentes portales inmobiliarios que anuncian pisos en alquiler en Madrid.

Hay que recordar que, aunque Madrid no tenga zonas tensionadas, la actualización del precio del alquiler sí está limitada en todo el territorio para este 2024. Así, los contratos que se renueven en 2024 podrán subirse como máximo un 3%, pero esto solo se aplica en los contratos ya existentes, no en el precio del alquiler inicial de un nuevo contrato.

Crear y difundir un anuncio atractivo para los candidatos

Una vez reunidos los documentos necesarios y decidido el precio al que quieres alquilar tu piso en Madrid, lo siguiente es elaborar un anuncio que llame la atención de los potenciales inquilinos.

Tomar fotografías profesionales, con buena iluminación y desde los ángulos que más favorezcan al espacio es clave para elaborar un anuncio de alquiler visualmente atractivo. Es importante tomar las imágenes desde diferentes perspectivas, así no dará la sensación de que estás ocultando algo. Igualmente, además de los planos más generales de la vivienda, también puedes fotografiar aquellos elementos concretos que aporten más valor.

Con las fotografías, la redacción del anuncio también suma puntos a la hora de encontrar a los inquilinos perfectos. Debes pensar en tu candidato ideal y adecuar el texto del anuncio a él, según la edad aproximada, sus gustos, su personalidad. Todo un estudio del “target” al que te diriges.

Hecho esto, tu anuncio ya estará listo, así que solo te quedará difundirlo a través de los portales inmobiliarios. Para ello, lo mejor es contar con la ayuda de agencias de alquiler especializadas, ya que están al día de cuáles son las mejores webs para anunciar tu piso.

Redactar un contrato conforme a la ley

Aunque ninguna ley recoge que es obligatorio firmar un contrato de alquiler, es sin duda la mejor opción, ya que, en el caso de los alquileres “verbales”, sería difícil determinar quién lleva la razón si surge algún problema. Por tanto, nuestra recomendación es que siempre recurras a la modalidad del contrato por escrito, que, de hecho, es lo más común.

El contrato debe incluir todas aquellas cláusulas mínimas estipuladas por la LAU, más aquellas que pueden incluirse libremente dentro de los límites de la propia ley, por ejemplo, la tenencia de mascotas. Al igual que te recomendamos firmar un contrato, también te desaconsejamos que recurras a las plantillas descargables de internet, ya que son modelos estándar que no tienen por qué incluir todas las cláusulas que deseas añadir.

Si olvidas una cláusula, siempre tendrás la opción de incluirla en un anexo al contrato de alquiler, pero lo mejor es incluirlas todas desde cero: si el inquilino no acepta una cláusula a posteriori, no podrás realizar este anexo.

Exige garantías de pago adicionales

El inquilino tiene la obligación de pagar la fianza del alquiler. Por su parte, el propietario está obligado a depositarla en el organismo correspondiente, que, en el caso de Madrid, es el IVIMA.

Sin embargo, además de la fianza, el propietario también puede solicitar al inquilino garantías adicionales, como un depósito de alquiler o incluso un aval bancario. El primero es una cantidad de dinero complementaria a la fianza, un dinero que sí guarda el propietario; el segundo es un producto financiero que el inquilino contrata con su banco, quien de esta forma garantiza al propietario la solvencia económica de su inquilino.

Recurrir a agencias y plataformas inmobiliarias que te aseguren el alquiler

A pesar de solicitar un depósito de alquiler y/o un aval bancario, el propietario así no tiene el alquiler asegurado: el depósito de alquiler puede equivaler como máximo a dos meses de renta, mientras que los avales bancarios rara vez cubren más de un año de contrato, además de las posibles limitaciones legales a la hora de reclamarles el dinero en caso de impago.

Si estás pensando en los seguros de alquiler, tampoco son la mejor opción para alquilar tu piso, pues siempre están sujetos a periodos de carencia, esperas y letras pequeñas.

Por ello, la mejor opción para alquilar tu piso en Madrid y vivir sin miedo a los impagos es el Alquiler Garantizado, un servicio que en España solo te ofrecemos en Wolo. Con nosotros, tienes asegurado el cobro del alquiler todos los meses, de manera puntual y pase lo que pase. En resumen:

  • Te pagamos el alquiler puntualmente si el inquilino no paga, y le reclamamos la deuda a él. Si persiste en el impago, nosotros mismos iniciamos los trámites legales para desalojarlo de tu vivienda.
  • Alquilamos tu vivienda en Madrid en solo 9 días, realizando un estudio de solvencia para elegir al candidato más adecuado.
  • Nos ocupamos de enseñar el piso y de redactar el contrato de alquiler, para que tú solo tengas que revisarlo, hacer las modificaciones que desees y firmarlo. Todo de manera online, sin hacerte perder tiempo en desplazamientos.
  • Tendrás acceso permanente a una plataforma digital donde podrás consultar el estado del pago, así siempre sabrás lo que ocurre con tu dinero (igualmente te avisamos por correo electrónico).

La tendencia al alza de los precios de los alquileres en Madrid y la gran demanda que existe en la ciudad te permitirán alquilar tu vivienda a buen precio y rápidamente.

El momento es ahora: hazlo con Wolo y descubrirás por qué nos hemos convertido en la plataforma de propietarios de viviendas mejor valorada del país.