Turismo en auge: el alquiler vacacional se dispara en un 143% en solo 10 años

Turismo en auge: el alquiler vacacional se dispara en un 143% en solo 10 años

España ha experimentado una transformación radical en sus opciones de alojamiento turísticas. En el primer cuatrimestre de 2025, el país superó los 25,6 millones de turistas extranjeros, y el alquiler vacacional ha crecido un 143 % desde 2015, según datos del INE.

Este boom no solo muestra el interés creciente por este tipo de alojamiento, pues también evidencia un cambio estructural en cómo se abastece la demanda turística: los turistas buscan cada vez más la comodidad, flexibilidad y privacidad que ofrecen las viviendas de temporada frente al hotel tradicional.

El alquiler vacacional se consolida como modelo dominante

Tradicionalmente, el sector hotelero ha liderado la oferta turística. Pero en los últimos años, las plataformas de alquiler a corto plazo como Airbnb, Booking o Vrbo han transformado el mercado.

Cada vez más viajeros optan por viviendas particulares como alojamiento, valorando su flexibilidad, su privacidad y su precio (muchas veces más competitivo que el de un hotel, especialmente en grupos o estancias largas).

Según Exceltur, la patronal del turismo, el número de viviendas de uso turístico ha crecido un 25 % en solo dos años, mientras que el crecimiento hotelero en ese mismo periodo apenas ha sido del 2 %. En ciudades como Málaga, Alicante o Valencia, el ritmo de expansión es incluso mayor.

En muchas zonas, el alquiler vacacional ya representa entre un 10 % y un 25 % del parque inmobiliario disponible.

¿Qué consecuencias tiene este fenómeno?

El auge del alquiler vacacional tiene múltiples implicaciones que van más allá del turismo.

1. Escasez de vivienda residencial

Muchas viviendas que antes se destinaban al alquiler de larga duración ahora se alquilan a turistas. Esto reduce la oferta disponible para residentes locales, lo que eleva los precios de los alquileres tradicionales y genera tensiones sociales, sobre todo en barrios céntricos o muy demandados.

En lugares como Palma de Mallorca, Barcelona, Málaga o San Sebastián, encontrar un piso para vivir se ha convertido en una misión casi imposible para buena parte de la población.

2. Gentrificación y desplazamiento de vecinos

La presión turística no solo encarece el acceso a la vivienda, también transforma los barrios. Tiendas de barrio, servicios cotidianos o comercios tradicionales desaparecen para dejar paso servicios más orientados al turismo, como cafeterías, tiendas de souvenirs o restaurantes pensados para turistas.

Esta gentrificación genera un efecto de expulsión: los vecinos de toda la vida acaban yéndose, empujados por el encarecimiento general y por la pérdida de identidad del entorno.

3. Saturación de espacios públicos

El turismo masivo también impacta en la calidad de vida urbana: calles congestionadas, ruido nocturno, falta de plazas escolares o servicios médicos colapsados. En los destinos de costa, playas y zonas naturales viven picos de ocupación que superan con creces su capacidad de carga.

Estas realidades han motivado medidas regulatorias: desde la eliminación gradual de licencias de alquiler turístico en zonas saturadas (como en Barcelona) hasta multas y cierres de viviendas sin registro legal.

¿Qué están haciendo las autoridades?

Las administraciones locales y autonómicas han comenzado a reaccionar ante esta realidad. Algunas de las medidas más destacadas:

  • Barcelona ha anunciado que eliminará progresivamente todas las licencias de pisos turísticos en 2028, limitando su número en los próximos años.
  • Palma y otras ciudades de Baleares han endurecido las sanciones por alquiler sin licencia y han prohibido nuevos registros en determinadas zonas.
  • Madrid y Valencia han comenzado a establecer zonas de contención para limitar la expansión del alquiler vacacional.
  • En el Congreso, se han planteado iniciativas para que las comunidades de vecinos puedan vetar este tipo de actividad si afecta a la convivencia.

¿Qué ocurre con el alquiler de larga estancia?

El auge del alquiler vacacional ha puesto sobre la mesa un debate urgente: ¿cómo podemos proteger el acceso a la vivienda sin frenar por completo el turismo?

La respuesta no pasa por prohibir, ya que el turismo es una importante fuente de ingresos en España, sino por la posibilidad de regularlo. Así, para limitar el impacto del alquiler turístico, algunas medidas podrían ser:

  1. Establecer cupos y zonas de exclusión, especialmente en barrios con escasa oferta de vivienda habitual.
  2. Obligar al registro obligatorio y a mostrar el número de licencia en plataformas como Airbnb o Booking, algo que se puso en marcha desde el 1 de julio de 2025.
  3. Dar más poder a las comunidades de vecinos, permitiéndoles vetar alquileres turísticos si afectan a la convivencia.
  4. Penalizar fiscalmente este tipo de alquiler en las zonas tensionadas e incentivar el retorno de esas viviendas al mercado residencial.

Pero más allá de restringir, también es necesario seguir potenciando el alquiler de larga estancia, especialmente en ciudades donde acceder a una vivienda digna se ha vuelto un reto, lo que también incluiría el aumento del parque de vivienda destinado a esta clase de alquiler.

Ventajas del alquiler de larga duración

Muchos propietarios no lo valoran lo suficiente, pero el alquiler residencial tradicional tiene beneficios que no tiene el alquiler turístico ni el temporal.

  • Estabilidad y previsibilidad de ingresos: cobros regulares sin depender de la estacionalidad ni de la tasa de ocupación.
  • Mínima rotación de inquilinos, lo que reduce gastos de limpieza, mantenimiento o gestión.
  • Relación más cercana con el inquilino, lo que suele derivar en mayor cuidado de la vivienda.
  • Menos trámites legales y menos exposición a sanciones.
  • Reducción de gastos, ya que el inquilino suele encargarse de pagar los suministros de la vivienda.
  • Deducciones fiscales de mínimo el 50% que hacen que la rentabilidad del alquiler de larga duración sea muy elevada.

Por todo ello, en Wolo estamos convencidos de que el alquiler residencial sigue siendo la opción más atractiva para los propietarios, especialmente por las ventajas económicas que supone y por el reducido riesgo de que la vivienda sufra desperfectos.

Por eso, ofrecemos a los propietarios la posibilidad de alquilar su vivienda a inquilinos de larga duración, además de un servicio de Alquiler Garantizado gracias al cual siempre cobrarán la renta, puntualmente y sin límite de tiempo, a diferencia de los seguros de impago que todos conocemos.

De esta forma, protegemos el dinero de los propietarios que quieren alquilar su piso para larga estancia, pero temen los posibles impagos por parte del inquilino.

Solo con Wolo y nuestro modelo de alquiler seguro, el alquiler residencial siempre será mejor opción que el turístico o el temporal.

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El problema de la gentrificación

La gentrificación: definición, causas y consecuencias de este fenómeno

La gentrificación es uno de los fenómenos urbanos más debatidos en las últimas décadas. A simple vista puede parecer una transformación positiva de los barrios, pero detrás de ello se esconde una realidad mucho más compleja.

En este artículo de Wolo analizamos qué es la gentrificación, qué la causa y cuáles son sus consecuencias. También veremos cómo influye en el precio de la vivienda y por qué se ha convertido en un problema estructural en muchas ciudades del mundo.

¿Qué significa gentrificación?

La gentrificación es un proceso de transformación urbana en el que un barrio popular o con rentas medias-bajas experimenta una revalorización progresiva. Esto suele ocurrir cuando nuevos residentes con mayor poder adquisitivo se instalan en la zona, lo que genera cambios en el comercio local, en la oferta cultural y, sobre todo, en el precio de las viviendas.

El término “gentrificación” proviene del inglés gentry, que hace referencia a la clase media-alta o acomodada. Así, este fenómeno implica la llegada de esta nueva clase social (la mayoría, extranjeros) a barrios tradicionalmente habitados por personas con menores recursos, quienes en la mayoría de casos se ven obligadas a mudarse a otras zonas con precios más asequibles.

Causas de la gentrificación

La verdad es que el fenómeno de la gentrificación es global, y sus causas son complejas, tanto que varían de un lugar a otro. No obstante, hablaremos de los rasgos comunes que existen en cualquier parte del mundo donde tiene lugar este fenómeno.

Políticas urbanísticas e inversión inmobiliaria

Uno de los factores que impulsa la gentrificación es la intervención institucional. Muchas ciudades promueven planes de renovación urbana para atraer inversión, turismo o nuevos residentes.

Estos proyectos, aunque presentados como mejoras, suelen provocar un aumento del valor del suelo y atraen el interés de promotores inmobiliarios que buscan maximizar beneficios sin importar las consecuencias.

Atractivo cultural de los barrios tradicionales

Los barrios que conservan un fuerte carácter identitario, con historia, diversidad cultural o una estética singular, suelen ser objeto de gentrificación.

Esta autenticidad atrae nuevos habitantes con mayor poder adquisitivo que buscan precisamente esa “vida de barrio”, aunque su llegada transforme por completo el entorno original, como también ocurre con el turismo masivo, fuertemente relacionado con la gentrificación.

Escalada del mercado inmobiliario

La dificultad para encontrar vivienda en zonas céntricas o consolidadas (sobre todo en las grandes ciudades como Málaga, Madrid o Barcelona) empuja a las clases medias a buscar alternativas más asequibles en barrios cercanos.

Este traslado eleva la demanda en esas áreas, lo que provoca un incremento en los precios del alquiler y la venta de viviendas, acelerando el proceso. Esto es la pescadilla que se muerde la cola, es decir, la gentrificación va expandiéndose desde su lugar original hacia las zonas aledañas, por lo que, al menos en el plano teórico, llegaría un momento en que toda la ciudad estaría gentrificada.

Consecuencias de la gentrificación

Si bien la gentrificación tiene algunas ventajas, como la mejora de la infraestructura y la economía de los barrios gentrificados, nos centraremos en las consecuencias más bien negativas de este fenómeno.

Desplazamiento de los residentes originales

Una de las consecuencias más graves es el desplazamiento de los habitantes de toda la vida. Al aumentar los precios, muchas familias no pueden asumir los nuevos costes de alquiler o hipoteca, y se ven forzadas a abandonar el barrio. Esto no solo supone una pérdida de vivienda, sino también de redes sociales, educativas, laborales y emocionales.

Precisamente, la gentrificación trae consigo una paradoja, y es que el encanto original del barrio va desapareciendo conforme la población nativa lo va abandonando, con la consecuente pérdida de la identidad tradicional de la zona, uno de los principales atractivos que impulsa la gentrificación.

Transformación del tejido social y económico

La llegada de nuevos residentes con hábitos, gustos y niveles económicos diferentes puede romper el equilibrio del barrio. Así, se sustituyen comercios tradicionales (tiendas, restaurantes típicos, etc.) por negocios más orientados al consumo turístico o al estilo de vida de las clases medias-altas (alquiler de vehículos urbanos, grandes franquicias, boutiques de lujo, etc.).

Esto, una vez más, genera una pérdida de identidad comunitaria y aumenta la sensación de exclusión entre quienes deciden permanecer como puedan.

Incremento de la desigualdad urbana

La gentrificación acentúa las diferencias entre barrios ricos y pobres. Mientras unas zonas se embellecen y revalorizan, otras quedan relegadas a un segundo plano, sin inversiones ni servicios adecuados.

Este fenómeno alimenta la segregación urbana y contribuye a una ciudad más desigual y fragmentada, tanto en el plano económico como social.

Impacto de la gentrificación en el precio de la vivienda

No hay duda de que la relación entre gentrificación y precio de la vivienda es directa y contundente.

A medida que un barrio se vuelve más atractivo para la inversión y para nuevos residentes con mayor poder adquisitivo, los precios de alquiler y compra se disparan. Esto tiene un doble efecto:

  • Por un lado, incrementa el valor del suelo, lo que genera beneficios a propietarios y promotores.
  • Por otro lado, convierte la vivienda en un bien inaccesible para buena parte de la población que antes sí podía vivir allí.

El resultado es un mercado más especulativo, menos accesible y cada vez más alejado de su función principal: garantizar el derecho a una vivienda digna.

Posibles medidas contra la gentrificación

El fenómeno de la gentrificación, como dijimos antes, es muy complejo y muchas veces detrás de ella se encuentran grandes promotores inmobiliarios a los que no siempre se puede (o se quiere) poner límites.

Sin embargo, sí que podemos hablar de ciertas medidas que podrían reducir o, como mínimo, poner ciertos límites a este proceso.

1. Regulación del precio del alquiler

Al menos sobre el papel, una de las medidas más efectivas es establecer límites al aumento del precio del alquiler, justamente, algo que sigue generando debate después de los últimos cambios en la ley de vivienda de 2023.

Las leyes de control de rentas pueden evitar que los propietarios suban los precios de forma desproporcionada tras una revalorización del barrio. Estas políticas deben ir acompañadas de mecanismos de inspección y sanción para garantizar su cumplimiento, con especial control de los alquileres turísticos y temporales.

2. Impulso de la vivienda pública y asequible

Por supuesto, no todas las medidas deben ser relativas a los propietarios y a los precios de la vivienda. El fortalecimiento del parque de vivienda social asequible es clave para garantizar que las familias de rentas bajas puedan seguir viviendo en zonas tensionadas.

Esto implica tanto la construcción de nuevas viviendas como la rehabilitación de edificios existentes para uso público, con criterios de permanencia y acceso justo. Para ello, se necesita de una gran inversión, ya sea del Estado o del sector privado, además de destinar esas viviendas exclusivamente a familias con menos recursos.

3. Limitación del alquiler turístico

Las plataformas de alquiler vacacional han contribuido significativamente a la expulsión de residentes en muchos barrios. Restringir el número de licencias turísticas, especialmente en zonas con alta presión inmobiliaria, ayuda a proteger el uso residencial del suelo urbano y evita la conversión de viviendas en alojamientos turísticos de corta estancia.

De hecho, el 1 de julio entraron en vigor algunas medidas dirigidas a establecer un mayor control sobre este tipo de alquileres y de plataformas. En este otro post te contamos todas las novedades.

4. Protección del comercio local

El pequeño comercio, el que más contribuye a la vida típica del barrio, también es uno de los principales damnificados por la gentrificación. Por ello, establecer normativas que lo protejan frente a grandes cadenas (como moratorias, ayudas al alquiler o ventajas fiscales) ayudaría a mantener la identidad de los barrios y preservar el tejido económico vecinal.

5. Participación ciudadana en la planificación urbana

Incluir a vecinos y colectivos locales en los procesos de diseño urbano evita decisiones que favorezcan la especulación. Los presupuestos participativos, las consultas públicas y las mesas de diálogo son herramientas para construir barrios con una planificación más justa, inclusiva y democrática.

6. Zonificación inclusiva

Esta política obliga a las promotoras privadas a destinar un porcentaje de sus proyectos residenciales a vivienda asequible. Es una forma de asegurar diversidad social en nuevos desarrollos urbanos y evitar la expulsión de población por cambios drásticos en la composición del barrio.

7. Observatorios urbanos y seguimiento de datos

Tener datos fiables sobre el mercado inmobiliario, la población residente y los cambios socioeconómicos en los barrios permite tomar decisiones basadas en evidencias. Crear observatorios urbanos o unidades de vigilancia de la gentrificación es fundamental para reaccionar a tiempo ante signos de desplazamiento.

Como agencia inmobiliaria online, en Wolo siempre estamos atentos a las novedades en el sector del alquiler y de la compra, para ofrecer información detallada y neutral sobre las cuestiones que afectan tanto propietarios como inquilinos, como la gentrificación.

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Llegan las restricciones al alquiler temporal: el nuevo registro obligatorio arranca el 1 de julio

Llegan las restricciones al alquiler temporal: el nuevo registro obligatorio arranca el 1 de julio

No hace mucho, en nuestro artículo sobre la nueva ley de alquileres temporales hablamos de las restricciones que se pondrían a este tipo de arrendamientos.

Efectivamente, a partir del 1 de julio de 2025, los propietarios de viviendas destinadas al alquiler de corta estancia en España (alquiler turístico o de temporada) deberán inscribirse obligatoriamente en un Registro Único de Arrendamientos, también conocido como Ventanilla Única Digital de Arrendamientos.

Esta nueva normativa, derivada del Reglamento (UE) 2024/1028 y articulada a nivel nacional mediante el Real Decreto 1312/2024, busca poner orden en un mercado que, hasta ahora, ha operado con escasa supervisión y ha generado importantes desequilibrios en muchas ciudades.

¿Qué cambia a partir de julio en los alquileres temporales?

El cambio más importante es la obligatoriedad de registrar las viviendas que se alquilen por cortos periodos, especialmente a través de plataformas como Airbnb o Booking. Los propietarios tienen hasta el 1 de julio para aportar datos como la referencia catastral del inmueble, su localización, el tipo de alojamiento (vivienda completa o por habitaciones) y la normativa autonómica que lo regula, un trámite que se llevará a cabo en el Colegio de Registradores.

Una vez completado el registro, se les asignará un número identificador único que será obligatorio para publicar el anuncio en cualquier portal digital. Sin este número, las plataformas no podrán mostrar la propiedad.

Esta obligación afecta a aquellas plataformas que ofrezcan la posibilidad de alquilar de manera remota, es decir, realizar la reserva y el pago de la estancia, lo que deja fuera a los portales inmobiliarios “tradicionales”, donde solo se muestran los anuncios de las viviendas en alquiler, y a las agencias inmobiliarias físicas.

Una respuesta a un problema cada vez más urgente

Detrás de esta medida no solo hay un objetivo de transparencia y control por parte de las autoridades.

Y es que el auge de los alquileres de corta duración ha sido una de las principales causas de la escalada de los precios del alquiler residencial en muchas ciudades españolas. En zonas como Barcelona, Madrid, Valencia, Málaga o Palma de Mallorca, miles de viviendas han salido del mercado tradicional para destinarse al turismo, lo que ha reducido la oferta disponible para residentes y tensionado los precios.

Este fenómeno ha generado una fuerte presión sobre los barrios más céntricos y atractivos, donde la gentrificación se ha acelerado: los vecinos tradicionales son desplazados por nuevos residentes temporales (normalmente turistas), lo que transforma la estructura social y económica del barrio. Comercios de proximidad cierran para dar paso a tiendas orientadas al visitante, y la vida comunitaria se diluye.

Además, la falta de control ha facilitado el fraude fiscal, el uso de viviendas sin licencia y situaciones de inseguridad jurídica para los inquilinos y para las comunidades de propietarios, que muchas veces ven cómo la rotación constante de huéspedes altera la convivencia.

Un paso hacia la regulación europea

La nueva normativa responde a una iniciativa de la Unión Europea que pretende armonizar la regulación del alquiler de corta duración en los Estados miembros, exigiendo a las plataformas intermediarias que colaboren con las autoridades y compartan información sobre los alojamientos y sus propietarios. España es uno de los primeros países en aplicar el reglamento de forma íntegra, anticipándose a otros socios comunitarios.

Con esta medida, se pretende lograr un equilibrio entre la actividad turística y el derecho a una vivienda asequible, protegiendo a los residentes permanentes sin castigar al pequeño propietario que decide alquilar su segunda vivienda unos días al mes.

En definitiva, a partir de julio se abre una etapa de adaptación que probablemente traerá polémica y tensiones. Así, mientras que asociaciones vecinales pueden celebrar la medida, algunos propietarios ya han mostrado su preocupación por el aumento de la burocracia, quienes deben saber que, si no cumplen con las nuevas obligaciones, se arriesgan a sanciones que van desde multas hasta la revocación de las licencias turísticas, en los casos más graves o de reincidencia.

Queda por ver el impacto real que tendrá el registro, pero lo que está claro es que la era del alquiler turístico sin control toca a su fin. Con una normativa clara, un sistema de seguimiento centralizado y la implicación de las plataformas digitales, se abre una nueva fase en el mercado del alquiler en España.

¿Hacia un futuro con cada vez menos alquileres temporales?

Guste o no, está claro que los alquileres temporales serán cada vez más restrictivos. En el lado opuesto, están los alquileres de larga duración, que siguen teniendo más beneficios para los propietarios.

De hecho, ni siquiera el tope a los precios en las zonas tensionadas debería ser un disuasorio, pues, siempre que se trate de un pequeño propietario y que la vivienda estuviera alquilada antes, el propietario podrá mantener el mismo precio en el nuevo contrato incluso si supera el fijado por el índice de precios.

Pero, al margen del límite de precios (si aplica), los alquileres de larga duración tienen muchas ventajas de las que carece el temporal y turístico:

  • Los ingresos son constantes: para que un alquiler turístico o temporal sea rentable, se debe conseguir una ocupación mínima del 60% mensual. En cambio, en un alquiler de larga duración, el propietario siempre recibe el alquiler equivalente a 30 días, mes a mes y sin excepciones.
  • El inquilino asume más gastos: en un alquiler de larga estancia el inquilino puede hacerse cargo del pago de los suministros e incluso de otros gastos como el seguro de la vivienda, la comunidad y el IBI (siempre que se negocie con él).
  • Deducciones fiscales: los alquileres temporales tienen una carga impositiva del 100%, mientras que los de larga estancia tienen, como máximo, el 50%, y puede bajar al 10% en algunos casos recogidos en la ley. Básicamente, en un alquiler temporal potencialmente se podrá ganar más dinero, pero también habrá que pagar más a Hacienda. Hay que hacer bien las cuentas para ver qué compensa más…
  • La gestión es mínima: una vez firmado el contrato de alquiler, el propietario puede “olvidarse” y solo estar pendiente de recibir el alquiler, mientras que los alquileres turísticos o temporales implican estar constantemente encima: limpieza de la vivienda, comunicación con inquilino tras inquilino, etc.
  • Mayor cuidado de la vivienda: la vivienda alquilada se convierte en la residencia habitual del inquilino, por lo que tendrá más cuidado con ella (y cualquier daño causado que sea responsabilidad suya, será él quien lo repare). En un alquiler temporal o turístico, en cambio, raras son las veces en que no se produce ningún daño que, posiblemente, tendrá que asumir el propietario.
  • Mejor seguro antiokupas: retomando lo de vivienda habitual, contar con un inquilino de larga duración es el mejor seguro antiokupas, ya que una intrusión en la vivienda se consideraría allanamiento de morada y no “okupación”, y la policía podría desalojar inmediatamente al intruso. Pero en una vivienda que no es residencia de nadie… la cosa cambia, y mucho.

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El alquiler de temporada en Barcelona: ya supone el 26% de los nuevos contratos

El alquiler de temporada en Barcelona: ya supone el 26% de los nuevos contratos

Como ya sabemos, estos últimos dos años han sido “moviditos” en lo que respecta al alquiler en España, sobre todo desde la aprobación de la nueva ley de vivienda. El texto todavía da que hablar en el ámbito político y social, especialmente en lo que respecta al límite a los precios del alquiler en las zonas tensionadas.

En este contexto, la última noticia nos llega, una vez más, desde Barcelona, donde los contratos de alquiler de temporada ya representan el 26% de los nuevos acuerdos firmados en la ciudad, según datos del Observatorio Metropolitano de la Vivienda (OHB) correspondientes al cuarto trimestre de 2024. Este porcentaje marca un récord histórico y supone el triple con respecto al inicio de 2023, cuando estos contratos suponían apenas el 7% del total.

Originalmente, el alquiler de temporada estaba concebido para estancias breves de estudiantes o profesionales desplazados (de 32 días a 11 meses), pero han ganado popularidad en un marco de creciente regulación del alquiler de larga estancia.

Así, la entrada en vigor de la ley de vivienda en marzo de 2024, que estableció topes de precio en zonas tensionadas como Barcelona, ha llevado a muchos propietarios a optar por esta modalidad para sortear las restricciones.

Caída de precios, pero también de la oferta de alquiler habitual

En este otro artículo ya analizamos las consecuencias del primer año de regulación del precio del alquiler en Cataluña. Con la nueva ley, los precios del alquiler cayeron un 6,4% en la ciudad condal, pero también trajo consigo una reducción de la oferta disponible.

Esta caída en los precios coincide, precisamente, con el incremento paulatino del número de contratos de temporada, el modelo al que ahora más propietarios recurren a la hora de alquilar sus viviendas.

Los alquileres temporales, en el punto de mira de las administraciones

Ante esta situación, las autoridades catalanas y municipales han comenzado a tomar medidas para equiparar ambas modalidades de contratos, el temporal y el de larga estancia. Así, el Parlament de Cataluña ha aprobado un decreto ley que extiende los límites de precio de los alquileres permanentes a los contratos de temporada y de habitaciones.

Por su parte, el Ayuntamiento de Barcelona ha iniciado trámites para modificar el Plan General Metropolitano, con el objetivo de diferenciar entre el uso habitual y el uso temporal de las viviendas.

Esta medida busca cerrar vacíos legales que permitían a algunos propietarios esquivar las restricciones de la ley de vivienda mediante contratos temporales. Cuando se aplique, cualquier arrendamiento que satisfaga necesidades de vivienda, independientemente de su duración, estará sujeto a los topes de precio establecidos, salvo aquellos destinados a fines turísticos o recreativos debidamente acreditados.

Cabe decir que este fenómeno no es exclusivo de la capital catalana. Ciudades como Girona, Tarragona y Lleida también han visto aumentos significativos en los alquileres de temporada, mientras que la oferta de alquileres permanentes ha disminuido.

Un régimen sancionador con multas de hasta 900.000 euros

Además de los topes al alquiler de temporada, se ha establecido un régimen sancionador con multas de hasta 900.000 euros para infracciones muy graves, como fijar precios por encima del 30% del índice de referencia o utilizar cláusulas engañosas en los contratos.

Estas sanciones buscan disuadir prácticas fraudulentas y garantizar el cumplimiento de la normativa, protegiendo así el derecho a una vivienda asequible para todos los ciudadanos.

El alquiler temporal: la trampa que no ven los propietarios

Ante la imposibilidad de alquilar sus viviendas al precio que les gustaría, como decimos, muchos propietarios se han decantado por el alquiler de temporada (aunque los topes a los precios en este tipo de contratos también llegarán).

Efectivamente, el alquiler temporal puede parecer más atractivo por su flexibilidad y potencial de ingresos a corto plazo, al menos, hasta que se regulen sus precios.

Sin embargo, muchos de estos propietarios parecen olvidarse de una de las cosas más inevitables en la vida: Hacienda. Y es que, desde el punto de vista fiscal, el alquiler temporal posee desventajas significativas en comparación con el alquiler de larga estancia que, incluso, hacen que sea menos rentable.

Sin bonificaciones fiscales

Lo primero es que los contratos de alquiler temporal no permiten aplicar la reducción del 50% al 90% en el rendimiento neto del alquiler que sí se aplica a los contratos de vivienda habitual.

Esto significa que el propietario debe tributar por el 100% de los ingresos netos obtenidos, a diferencia de un propietario que alquila para larga estancia, quien, en el peor de los casos, tributará por el 50%. En otras palabras, en un alquiler temporal, Hacienda “tiene en cuenta” el ingreso total, mientras que en uno de larga estancia, solo la mitad, como máximo.

Renta imputada por periodos sin alquilar

Por otra parte, cuando la vivienda temporal no está alquilada, Hacienda imputa una renta basada en el valor catastral del inmueble, lo que incrementa la carga fiscal incluso en periodos sin ingresos reales. ¿Traducción?, tendrás que pagar impuestos hasta por los días en los que la vivienda no ha estado alquilada.

Mayor carga tributaria progresiva

Por último, si el precio que fija el propietario para un alquiler temporal es alto, y sabiendo que debe declarar el 100% del rendimiento neto sin reducciones, los ingresos pueden llevarlo a tramos más altos del IRPF, aumentando la carga fiscal total. Básicamente, ganará más dinero, sí, pero también tendrá que pagar más.

¿No te salen las cuentas? Pongamos un ejemplo con las siguientes cifras aplicables a ambos tipos de alquileres: 12.000€/año de ingresos brutos, 2000€ de gastos deducibles y un IRPF del 30%.

En un alquiler de temporada:

  • Rendimiento neto = 12.000 € – 2.000 € = 10.000 €
  • Reducción fiscal aplicable: 0% (no es vivienda habitual)
  • Base imponible = 10.000 €
  • Impuesto a pagar = 10.000 € × 30% = 3.000 €
  • Beneficio neto final = 10.000 € – 3.000 € = 7.000 €

En un alquiler de larga estancia:

  • Rendimiento neto = 12.000 € – 2.000 € = 10.000 €
  • Reducción fiscal aplicable: 50% (o más, en ciertas circunstancias)
  • Base imponible = 10.000 € × 50% = 5.000 €
  • Impuesto a pagar = 5.000 € × 30% = 1.500 €
  • Beneficio neto final = 10.000 € – 1.500 € = 8.500 €

También puedes comparar la rentabilidad de ambos tipos de alquileres en nuestra calculadora aquí.

Por tanto, para que el alquiler temporal sea más rentable que el alquiler de larga duración, el propietario debe asegurarse de tener una tasa de ocupación alta y fijar un precio muy elevado, sin perder de vista el riesgo de “pasarse” de tramo de IRPF, en cuyo caso sería lo comido por lo servido.

Al margen de esto, la gestión de un alquiler temporal es mayor que en uno de larga estancia, ya que supone encadenar inquilino tras inquilino, quienes, al no ser su vivienda habitual, es probable que no la cuiden tanto como lo haría un inquilino que vive permanentemente en ella (5 años).

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La regulación de los alquileres temporales llegará antes o después, lo que hará, sí o sí, que siempre sean menos rentables que uno de larga estancia.

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Definitivamente, la decisión de alquilar tu piso para corta o larga estancia depende solo de ti. Pero, si te hemos convencido de que el alquiler de larga duración es la mejor opción, tanto a nivel fiscal como de gestión, podemos asegurarte que somos la mejor agencia inmobiliaria con la que puedes hacerlo.

¿Es 2025 un buen año para comprar una vivienda?

¿Es buen momento para comprar una vivienda en 2025?

Recientemente, publicamos un artículo en el que analizamos si 2025 era un buen año para vender una vivienda, teniendo en cuenta la evolución del mercado y la situación a la que hemos llegado actualmente.

En este artículo trataremos el tema opuesto pero relacionado, es decir, si es el momento indicado para comprar una vivienda o, en cambio, es mejor seguir esperando un año más propicio.

¿Cómo ha evolucionado el mercado en los últimos años?

En los últimos cinco años, el mercado inmobiliario español ha estado marcado por la inestabilidad. Tras la pandemia de 2020, la compraventa se disparó en 2021 y 2022, impulsada por los bajos tipos de interés y el ahorro acumulado.

En 2023, sin embargo, la inflación causada por la guerra en Ucrania y la subida de los tipos hipotecarios frenaron esa euforia. Muchas personas pospusieron su decisión de compra ante la dificultad de acceder a financiación y la incertidumbre económica.

Afortunadamente, la situación ha cambiado. La contención de la inflación, la bajada del Euríbor y la estabilización de los precios han creado un nuevo escenario que favorece al comprador. De hecho, el Euribor ha seguido su tendencia bajista de 2024 y en estos momentos (abril 2025) ha caído prácticamente al 2%.

Comprar vivienda en 2025: ¿por qué puede ser una buena idea?

1. Hipotecas más accesibles

Uno de los grandes frenos en 2023 fueron los tipos hipotecarios elevados. En cambio, en 2025 estamos viendo cómo el Euríbor baja progresivamente, lo que ha provocado que los bancos vuelvan a ofrecer condiciones más competitivas.

Esto significa que puedes acceder a una hipoteca con mejores condiciones que hace solo un año, lo cual influye directamente en tu capacidad de compra a largo plazo.

2. Oferta de viviendas con más margen de negociación

Aunque la oferta de viviendas sigue ajustada en algunas zonas, lo cierto es que muchos propietarios que esperaban vender en 2023 o 2024 han retrasado la operación hasta ahora. Esto ha generado un mayor volumen de viviendas a la venta, y en muchos casos, más predisposición a negociar el precio.

No obstante, a pesar de que la oferta haya incrementado, la construcción de nuevas viviendas sigue sin avanzar al ritmo que se necesitaría para satisfacer completamente la demanda de los compradores.

3. La vivienda sigue siendo una inversión a largo plazo

Al margen de las fluctuaciones del mercado, la vivienda sigue siendo una de las inversiones más estables en el tiempo, especialmente si piensas comprar para vivir o alquilar.

Con las previsiones de revalorización moderada (entre un 3% y 5% anual), quienes compren ahora podrían beneficiarse en el futuro de ese crecimiento del valor del inmueble.

¿Qué tener en cuenta antes de comprar una vivienda?

Antes de lanzarte a la compra de una vivienda en 2025, es importante tener en cuenta los siguientes aspectos:

Evalúa bien tu presupuesto

Ten muy claro tu presupuesto real. No se trata solo de cuánto cuesta la vivienda, sino de cuánto puedes asumir tú realmente.
Lo ideal es contar con al menos un 20% del valor del inmueble ahorrado para la entrada, más un 10% adicional para cubrir los gastos asociados con la compra (impuestos, notaría, registro, gestoría, etc.).

Tener claras tus finanzas evitará que te endeudes por encima de tus posibilidades.

Estudia las opciones hipotecarias

Antes de lanzar a comprar una vivienda, compara distintas ofertas bancarias y analiza cuál se adapta mejor a tu situación: tipo fijo, variable o mixto. Más allá de la cuota mensual, fíjate en indicadores como el TIN (Tipo de Interés Nominal) y la TAE (Tasa Anual Equivalente), que ofrecen una visión más completa del coste real de la hipoteca.

También puedes informarte sobre posibles ayudas o subvenciones si eres joven, es tu primera vivienda o cumples ciertos requisitos.

Prioriza las mejores zonas

La ubicación influye directamente en tu calidadde vida y en la revalorización futura del inmueble. Asegúrate de que la zona esté bien conectada, cuente con servicios esenciales y tenga buenas perspectivas de desarrollo.

Merece la pena visitar el barrio a diferentes horas del día para comprobar el ambiente, el tráfico, el nivel de ruido o incluso la seguridad.

Comprueba el estado y las cargas de la vivienda

No menos importante es el estado legal y técnico de la vivienda. Antes de comprar, conviene solicitar una nota simple al Registro de la Propiedad para confirmar que el inmueble no tiene cargas pendientes, como hipotecas, embargos o problemas urbanísticos.

También es imprescindible que cuente con la cédula de habitabilidad y el certificado energético en regla. Si se trata de una vivienda de segunda mano, valora hacer una revisión técnica para evitar sorpresas con instalaciones eléctricas, humedades o estructuras en mal estado.

Piensa en el objetivo de la compra

Por último, ten muy claro cuál es el propósito de la compra, ya que no es lo mismo comprar para vivir que para invertir.

Si planeas alquilar la vivienda, estudia bien la rentabilidad que puede ofrecer, la demanda en esa zona, el tipo de inquilino al que quieres dirigirte y si la vivienda está en una zona tensionada. Si es para uso propio, valora tu proyecto personal a medio y largo plazo: si vas a formar una familia, si piensas cambiar de ciudad, o si tu situación laboral es estable.

¿Qué impuestos y gastos conlleva comprar una vivienda?

Comprar una casa implica también asumir ciertos gastos e impuestos que no debes pasar por alto:

  • IVA y AJD: si compras una vivienda nueva, pagarás un 10% de IVA más el impuesto de Actos Jurídicos Documentados, el cual oscila entre el 0,5% y el 1,5%, según la comunidad autónoma.
  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): supone entre el 6% y el 10% del valor del inmueble, pero solo se aplica en el caso de comprar una vivienda de segunda mano.
  • Notaría, registro y gestoría: suman entre un 1% y un 2% del precio de la vivienda.
  • Tasación y apertura de hipoteca: son los gastos vinculados a la financiación, que también debes incluir en tu presupuesto.

En resumen: ¿es 2025 un buen año para comprar?

Sí, si cuentas con estabilidad financiera, una buena hipoteca y encuentras una vivienda que encaje contigo, 2025 puede ser un gran año para comprar. Las condiciones están mejorando y, si buscas el asesoramiento adecuado, puedes convertir un momento de incertidumbre para algunos en una oportunidad para ti.

¿Buscas una vivienda o estás valorando comprar para alquilar en el futuro?

En Wolo somos una agencia inmobiliaria online donde te ayudamos a tomar la decisión más segura, y no solo para comprar una vivienda: también si deseas venderla o ponerla en alquiler, todo ello sin comisiones variables ni gastos en letra pequeña.

Ponte en contacto con nosotros y descubrirás por qué somos la plataforma de propietarios de vivienda mejor valorada del país.

Un año de límite de precios al alquiler en Cataluña: ¿qué ha ocurrido con el mercado?

Un año de límite de precios al alquiler en Cataluña: ¿qué ha ocurrido con el mercado?

Recientemente se ha cumplido un año desde que Cataluña decidió aplicar el índice de precios de alquiler, por el que se fija un precio mínimo y máximo en función de ciertas características de la vivienda.

De hecho, Cataluña fue la primera comunidad autónoma en recurrir a esta medida, con la que pretendía acabar con la tendencia al alza de los precios en las zonas tensionadas y animar a los propietarios a alquilar sus viviendas vacías.

Después de los argumentos a favor y en contra de esta medida, la pregunta ahora es: ¿qué impacto real ha tenido el índice de precios en el mercado del alquiler en este último año? Desde Wolo, le damos respuesta.

Así se aplicó el nuevo índice de precios

El 16 de marzo de 2024, la Generalitat declaró zonas tensionadas de alquiler hasta en 140 municipios de su territorio, esto es, zonas donde era necesario destinar el 30% o más de los ingresos a pagar el alquiler. Poco después, el número de zonas tensionadas abarcaba 271 municipios, lo que incluía a más de 7 millones de personas (Ver la lista de municipios tensionados en Cataluña).

A partir de esta “declaración”, el Gobierno catalán podía establecer el límite de precios, habilitado tras la aprobación de la última ley de vivienda en mayo de 2023. Sin embargo, la medida solo podía aplicarse a los contratos firmados con grandes propietarios y a los nuevos contratos si la vivienda no se había alquilado en los últimos 5 años.

Esto dejaba fuera, por tanto, a los pequeños propietarios que habían tenido alquiladas sus viviendas, quienes sí podían renovar el contrato y mantener el precio por encima del máximo fijado por el índice.

Bajada de precios, según la Generalitat

Según los datos de la Generalitat, la medida hizo que los alquileres bajaran un 3,7% entre el primer y el último trimestre de 2024, un porcentaje que en Barcelona, principal zona tensionada de Cataluña, fue del 6,4%.

Ante estas cifras, la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, junto con su homóloga catalana, Sílvia Paneque, celebró el resultado de la medida en una rueda de prensa en la ciudad condal, mientras instaba al resto de presidentes autonómicos a aplicarla cuando el esfuerzo del alquiler suponga entre el 30% y el 50% de los ingresos familiares.

Pero también una bajada de la oferta

La ligera bajada de precios, no obstante, se ha visto empañada, ya que la medida ha reducido la oferta de viviendas en alquiler. Esto se desprende de los datos de Incasol, el organismo donde se depositan las fianzas en Cataluña, que ha visto cómo el número de contratos firmados cayó en todo el territorio autonómico.

Concretamente, entre enero y marzo de 2024 se firmaron 34.503 contratos de alquiler, número que descendió hasta los 29.313 entre abril y junio, y hasta los 27.098 entre julio y septiembre.

Al mismo tiempo, se ha visto cierta “fuga” desde Barcelona, donde más demanda existe, hacia municipios de otras provincias, donde el número de contratos registrados también ha bajado considerablemente.

Entre las posibles explicaciones, propietarios que decidieron vender o mantener vacías sus viviendas al no poder alquilarlas al precio que considerasen oportuno, y ello a pesar de ciertos incentivos fiscales recogidos en la última ley.

Críticas desde la oposición

La medida, impulsada por la coalición PSOE-Sumar, ha recibido críticas de la oposición incluso desde antes de su aprobación. Así, Núñez Feijóo, junto con otros presidentes autonómicos, afirma que la intervención en los precios tendrá por efecto la reducción de la oferta, algo que, un año después, parece haber sido el caso en Cataluña.

En la postura opuesta, es decir, la de Feijóo, la solución al problema pasa únicamente por la inversión, privada y/o pública, en vivienda destinada al alquiler. De esta forma, al aumentar la oferta, los precios se regularían solos, al contar los inquilinos con más opciones que harían a los propietarios revisar sus precios a la baja si quieren seguir siendo “elegibles” en un mercado menos saturado.

La última palabra, en las comunidades autónomas

El acceso a la vivienda en régimen de alquiler ya se ha convertido en una de las principales preocupaciones de los ciudadanos. Sin embargo, la vivienda es incumbencia del Gobierno central, pero no su competencia, que recae en los presidentes autonómicos.

Esto quiere decir que el Ministerio proporciona las herramientas legales que necesitan las comunidades para declarar zonas tensionadas y aplicar el índice de alquiler, pero son las autonomías las que tienen competencia en materia de vivienda.

Así, comunidades autónomas gobernadas por el PP se han opuesto a la medida, e incluso algunas gobernadas por el PSOE siguen sin aplicarla.

Hasta la fecha, fuera de Cataluña, solo País Vasco y Navarra ya han iniciado los trámites para declarar zonas tensionadas en sus territorios.

¿Eres propietario y quieres saber cómo funciona un alquiler en zonas tensionadas? Te lo explicamos en este otro artículo.

¿Cómo alquilar una vivienda en zonas tensionadas de alquiler?

¿Cómo alquilar una vivienda en zonas tensionadas?

Como tal vez sepas, ya casi se ha cumplido un año desde que el Gobierno dio a conocer el índice de referencia del precio de los alquileres, un sistema con el que se fija el mínimo y el máximo por el que se puede alquilar una vivienda en zonas tensionadas.

Sin embargo, y a pesar del tiempo que ya lleva implementado, aún son varias las dudas que tienen los propietarios (y los inquilinos) que deciden alquilar en este tipo de zonas, por lo que en este artículo te explicamos todo lo que debes saber para hacerlo correctamente.

¿Qué son las zonas de alquiler tensionado?

Debido a la subida exponencial del alquiler en los últimos años, provocada por la inflación, una fuerte demanda y una baja oferta, el Gobierno se vio obligado a regular los precios en las llamadas zonas tensionadas, que son las áreas donde los precios han alcanzado niveles históricos (provincias enteras, municipios o incluso barrios).

Concretamente, existen dos criterios para determinar si una zona está tensionada o no:

  1. El precio de alquiler o de compra de las viviendas ha aumentado como mínimo 3 puntos por encima del IPC en los cinco años previos a la declaración de zona tensionada.
  2. El coste medio del alquiler o de la hipoteca, más gastos y suministros básicos, es superior al 30% de la renta media de los hogares.

Si se cumple al menos uno de estos criterios, el Gobierno autonómico tiene la posibilidad de declarar la zona tensionada y aplicar en ella ciertas restricciones a los precios. Es importante notar que hablamos de Gobierno autonómico, no del central, ya que la última palabra en materia de vivienda la tienen las autonomías.

Esto último quiere decir, por otra parte, que una zona podría no ser declarada como tensionada aunque cumpla los requisitos necesarios si el ejecutivo autonómico no está de acuerdo en hacerlo.

¿Cómo saber si la vivienda está en una zona tensionada?

Para determinar si una vivienda está ubicada en una zona tensionada, es necesario consultar el Sistema Estatal de Referencia de Precios de Alquiler de Vivienda (aquí) e introducir los datos de la vivienda (dirección, municipio, comunidad autónoma…).

Sin embargo, hasta la fecha solo tres comunidades han declarado oficialmente zonas tensionadas en sus territorios, concretamente Cataluña, País Vasco y Navarra. (Consultar zonas tensionadas de Cataluña).

Qué debes saber para alquilar un piso en zona tensionada

Si la vivienda está en zona tensionada declarada, lo primero que hay que determinar es si el propietario es un gran o pequeño tenedor, ya que las condiciones para el alquiler serán diferentes.

Así, se considera gran tenedor a la persona física o jurídica que es propietaria de más de cinco viviendas situadas en zona tensionada. Por su parte, el pequeño propietario es quien tiene menos de cinco viviendas en propiedad, en este tipo de zonas.

Grandes propietarios

En el caso de los grandes propietarios, deberán limitar el precio del alquiler al máximo indicado por el Ministerio de Vivienda en todos los nuevos contratos que firmen. Dicho de otra forma, pueden fijar el precio que consideren siempre que no sea superior al “tope” marcado desde el ministerio.

Pequeños propietarios

Los pequeños propietarios de viviendas en zonas tensionadas podrán mantener el nuevo contrato al mismo precio del anterior incluso si supera el límite marcado por el índice. Pero, si es inferior, no podrán subirlo más allá del máximo permitido.

Por ejemplo, si el contrato anterior era de 1000 €/mes antes de la entrada en vigor del índice, y el máximo es de 950 €/mes, podrá seguir alquilando su vivienda por 1000 €/mes más la actualización que corresponda aplicar (IPC o IGC).

Eso sí, para evitar posibles abusos, tanto grandes como pequeños propietarios están obligados a informar al nuevo inquilino del precio del contrato anterior.

¿Qué ocurre si no se respetan los topes de precios?

Hasta la fecha, Cataluña será la única autonomía donde se aplicarán multas para los propietarios que incumplan los límites de precios.

Aunque el Gobierno autonómico aún sigue elaborando este régimen sancionador, fuentes del ejecutivo han informando de que barajan multas que irán desde los 9000 €, en los casos más leves, a los 90 000 € en los casos más graves.

Documentos necesarios para alquilar un piso en una zona tensionada

Sabiendo lo anterior, la documentación necesaria para alquilar un piso en zona tensionada no es muy diferente de la que se requiere en una zona de precio libre:

  • DNI o NIE tanto del inquilino como del propietario.
  • Nota simple de propiedad e información catastral del inmueble
  • Contrato de arrendamiento, que debe reflejar el precio del contrato anterior, si procede, y el valor del índice de referencia.
  • Certificado de eficiencia energética, obligatorio por ley para todas las viviendas en alquiler desde 2013.

¿Es rentable alquilar un piso en zonas tensionadas?

A pesar de que el precio del alquiler de un nuevo contrato pueda tener un máximo, la verdad es que alquilar una vivienda en zona tensionada seguirá siendo rentable.

Una vivienda vacía supone un gasto para el propietario (seguros, suministros, reparaciones…), por no hablar de si todavía está hipotecada. Al mismo tiempo, y a pesar de estar vacía, el propietario deberá incluir en su declaración de la renta esta vivienda que, en el fondo, le está haciendo perder dinero.

Pero no se trata solo de la rentabilidad (beneficios fiscales incluidos) que supone el alquiler de larga estancia, sino también de una cuestión de seguridad: los okupas cuentan con métodos cada vez más elaborados para “descubrir” las viviendas vacías de particulares, candidatas ideales a ser okupadas, especialmente en Barcelona, la ciudad con más casos de okupación en todo el país.

Por eso, alquilar una vivienda es, además de una fuente pasiva de ingresos, la mejor manera de protegerse de los okupas, quienes son conscientes de las consecuencias penales que supone cometer un allanamiento de morada y no una usurpación de la propiedad.

¿Y si el inquilino se convierte en okupa?

En eso también hemos pensando en Wolo, donde, aparte de garantizarle al propietario el cobro puntual de la renta, también nos encargamos del proceso de desahucio, si llegara a ser necesario. Además, el propietario seguirá cobrando mes a mes hasta que pueda recuperar la vivienda, ya sea cuestión de un mes o de dos años.

Si alquilar una vivienda en zona tensionada es claramente rentable, en Wolo somos los únicos que te aseguramos el alquiler y la tranquilidad como propietario. Por algo ya son miles los propietarios que nos han elegido para poner sus viviendas en alquiler.

Tanto si tienes una vivienda vacía en zona tensionada como si no, alquílala con el servicio de Alquiler Garantizado de Wolo y sigue disfrutando de la vida sin preocupaciones.

Nueva ley de alquileres temporales en España

Ley de alquiler temporal: los cambios que introduce el nuevo texto

Después de la aprobación de la nueva ley de vivienda en mayo de 2023, donde se establecieron topes a los alquileres de larga duración, era cuestión de tiempo que se abordaran también los alquileres temporales.

Así, el pasado mes de diciembre de 2024, con 176 votos a favor y 169 en contra, el Parlamento tramitó la nueva legislación que regula los alquileres temporales en España, que entró en vigor el día 1 de enero de este 2025.

En este post analizamos los principales cambios que introduce la nueva ley de alquileres de corta duración, además de lo que supondrá tanto para propietarios como para inquilinos.

Alquileres temporales: ¿cómo han sido hasta la fecha?

Hasta la aprobación de la nueva ley, los alquileres temporales disfrutaban de una regulación mucho más laxa que los de larga duración.

Tanto es así que este tipo de contratos podían recoger todo aquello que negociara libremente el propietario con el inquilino, como era la renta, la duración, la posibilidad o no de prorrogar el contrato, la actualización o no de la renta y si iban a realizarse obras.

La única cuestión que sí estaba estipulada por la Ley de Arrendamientos Urbanos era el pago de la fianza, que era de un mes si se destinaba a vivienda temporal o dos meses si el inmueble se destinaba a otros usos.

Por otra parte, el contrato de alquiler temporal debía indicar la dirección habitual del inquilino y que el inquilino no tenía intención de vivir permanentemente en la vivienda alquilada.

Así serán los nuevos alquileres temporales a partir de ahora

La nueva ley de alquileres temporales ha modificado varios artículos de la LAU para, como afirmó el Gobierno, proteger a quienes realmente necesitan un alojamiento de temporada, luchar contra los alquileres ilegales y promover los alquileres de larga duración.

Para cumplir estos objetivos, los cambios introducidos por la nueva ley de alquiler temporal son los siguientes:

Justificación de la temporalidad

No bastará con que el contrato de alquiler recoja que el inquilino no va a residir permanentemente en la vivienda. Además, se deberá justificar la necesidad de firmar un contrato de alquiler temporal, con las razones específicas detalladas (trabajo, estudios…). Si no se argumentan debidamente estas razones, el contrato se considerará como uno de vivienda habitual y, por tanto, sujeto a la regulación de este tipo de acuerdos.

Flexibilidad para los inquilinos

El inquilino podrá desistir del contrato pasado el primer mes, avisando con una antelación de 10 días. Por otra parte, el propietario no tendrá derecho a indemnización, como sí ocurre en los alquileres de larga estancia.

Modificación de duración máxima

A partir de ahora, este tipo de contratos no podrán tener una duración superior a los 9 meses (si fuese mayor, se consideraría alquiler de vivienda habitual). Dentro de ese límite, se podrá pactar libremente la duración que se desee.

Obligación del arrendador a mantener la vivienda

En los alquileres de larga estancia, suele ser el inquilino quien se ocupa de pagar las pequeñas reparaciones derivadas del uso normal de los equipamientos. Con la reforma de los alquileres temporales, será el propietario quien deba asumir estos gastos, además de mantener las condiciones de habitabilidad.

Prioridad a la legislación autonómica

La nueva normativa no se aplicará en el caso de las comunidades autónomas que hayan desarrollado su propia legislación en esta materia (de ser así, se aplicarán las normas establecidas por la autonomía). Este fue el caso de Cataluña, que ya extendió los topes de renta a los contratos de alquiler temporal.

La Ventanilla Única Digital de Arrendamientos

La Ventanilla Única Digital de Arrendamientos es un nuevo sistema digital y nacional creado para facilitar la recogida y el intercambio de datos relativos a los alquileres de corta duración.

Los propietarios estarán obligados a registrar su vivienda en la plataforma para conseguir la licencia, indicando la dirección, las características y la capacidad de alojamiento de la vivienda. Además, a través de la Ventanilla, podrán declarar y pagar los impuestos correspondientes a esta actividad económica.

Por parte de las autoridades, tendrán un mayor control y seguimiento de las viviendas temporales, así reducirán el número de fraudes a la administración y se aseguran de que todos los operadores de este mercado se encuentren en las mismas condiciones.

Esto también afecta a las plataformas de alquiler temporal (Airbnb, Booking…), quienes en sus webs y aplicaciones deberán mostrar el número de registro de las viviendas ofertadas (solicitado por el propietario) en un lugar bien visible del anuncio. Si no lo hacen, podrían ser sancionadas.

¿A qué contratos afecta la nueva ley de alquiler temporal?

Los contratos que se verán afectados serán todos aquellos que tengan una finalidad diferente a la de satisfacer la necesidad de vivienda permanente del inquilino. Por “permanente” se entiende, en este contexto, estancias de más de 9 meses.

Así, los contratos de temporada propiamente dichos, los alquileres de habitaciones, los alquileres vacacionales e incluso de embarcaciones flotantes en las que se pueda residir estarán sujetos a esta normativa.

Los alquileres temporales, más restrictivos

Por todo lo que acabamos de ver, si bien los nuevos contratos temporales serán más beneficiosos para los inquilinos, parece que no será así para los propietarios.

De hecho, incluso antes de la aprobación del nuevo texto, los alquileres temporales tenían más desventajas que los alquileres de larga estancia, que son los que el Gobierno pretende promover con estas medidas recién aprobadas y las que ya recoge la ley de vivienda actual.

Efectivamente, y aunque en principio puedan ser menos rentables que los temporales, los contratos de larga estancia dan al propietario muchos menos quebraderos de cabeza:

  • Suponen menos gestión, al alquilar la vivienda al inquilino y “olvidarse” de ella hasta que pasen varios meses o incluso años.
  • Los ingresos para el propietario son estables y constantes, a diferencia del alquiler temporal, que dependerá de la tasa de ocupación conseguida (se necesita en torno al 60% mensual). En este enlace encontrarás nuestra calculadora de la rentabilidad de un alquiler.
  • Los inquilinos pagan gastos que en un alquiler temporal debe asumir el propietario (suministros, reparaciones, seguros…). Incluso se permite que el inquilino pague la comunidad, las derramas y el IBI, siempre que esté estipulado en el contrato.
  • Al ser su vivienda habitual, los inquilinos de larga estancia son mucho más cuidadosos con la vivienda y sus equipamientos (los cuales, en caso de rotura por mal uso o negligencia, correrán a su cargo).
  • Los alquileres de larga duración tienen incentivos fiscales para los propietarios que no existen en los alquileres temporales (un 50% del IRPF en general y, en ciertos casos, hasta un 90%).
  • Un inquilino de larga duración es el mejor seguro antiokupas, ya que el piso alquilado se convierte en su residencia habitual y las consecuencias de okuparlo serían mucho mayores para el infractor (más información sobre la nueva ley antiokupación).

Wolo, el alquiler de larga estancia digital y asegurado

En Wolo estamos especializados en el alquiler seguro para largas estancias. Así, como expertos en el sector y siendo conscientes de todo lo que implica un alquiler de vivienda habitual, ofrecemos a los propietarios las herramientas y los servicios que necesitan para alquilar su piso de manera segura:

  • Alquiler Garantizado: te aseguramos el cobro del alquiler de manera puntual, sin excepciones, esperas ni retrasos, y eso aunque el inquilino no pague. Mucho mejor que cualquier seguro de impago de alquiler.
  • Búsqueda de inquilinos: encontramos a los inquilinos perfectos para tu vivienda, lo que incluye la realización de un minucioso estudio de solvencia de los candidatos.
  • Gestión de desahucios: si llegara a ser necesario, nos encargamos de todo el proceso para desahuciar al inquilino, y tú, el tiempo que tarde en producirse el lanzamiento, seguirás cobrando el alquiler sin excepción ni límite de tiempo.

Es probable que los alquileres temporales sean cada vez más restrictivos. Eso no podemos asegurarlo, pero sí que podemos afirmar que los de larga estancia siempre serán mucho más beneficiosos para ti como propietario si decides alquilar con Wolo.

¿Aún no te hemos convencido? Entonces haz clic y descubrirás por qué en Wolo somos ya la plataforma de alquiler de viviendas mejor valorada de España.

El Gobierno da a conocer el nuevo índice de alquiler para 2025

El Gobierno da a conocer el nuevo índice de alquiler para 2025

Casi dos años después de su anuncio, que tuvo lugar con la aprobación de la ley de vivienda, el Gobierno ha desvelado cuál será el índice del alquiler para este recién estrenado año 2025.

¿Qué es el IRAV?

El IRAV es la sigla del índice de referencia de actualización de la vivienda, el cual ha sido elaborado por el Instituto Nacional de Estadística, tal como prometió el Gobierno hace un par de años. Según el propio INE, el nuevo índice viene para evitar “incrementos desproporcionados” y así empeorar aún más el problema de acceso a una vivienda.

No obstante, el IRAV no se aplicará por igual a todos los contratos de alquiler, sino que se deben cumplir una serie de requisitos que veremos más adelante.

¿Cuánto subirá el alquiler en 2025 con el nuevo índice?

Si en 2022 y 2023 el precio del alquiler pudo incrementarse un 2% y en 2024, un 3%, el nuevo índice sitúa el máximo de actualización en un 2,20% sobre el precio del año anterior. Por ejemplo, un alquiler de 1000 €/mes podrá subirse a 1022 €/mes este 2025.

Como ocurría con el IPC, esta actualización, en los casos en que proceda aplicarla, se llevará a cabo cuando llegue el momento de revisar el contrato de alquiler, es decir, una vez al año.

Contratos de alquiler afectados por el nuevo índice

Los contratos de alquiler que deberán actualizarse según este 2,20% son aquellos que se firmaron después del 25 de mayo de 2023, fecha en la que se aprobó la actual ley de vivienda. Se trata de los alquileres de vivienda habitual, de los cuales quedan excluidos los alquileres temporales y por habitaciones.

Por otra parte, esto supone que los contratos actuales firmados antes de dicha fecha volverán a actualizarse según el IPC, después de los topes extraordinarios del 2% y del 3% en estos últimos 3 años. Al mismo tiempo, el IPC volverá a ser el índice de referencia en el caso del alquiler de locales comerciales, oficinas y garajes (siempre que no estén incluidos en el alquiler de una vivienda).

Hay que tener en cuenta que, en un alquiler firmado antes de la aprobación de la ley, el propietario puede negociar con el inquilino la aplicación del IRAV y no del IPC. Si ambas partes están de acuerdo, deberán modificar el contrato de alquiler para especificar qué índice aplicarán a la hora de actualizar la renta.

¿Puede el propietario subir el precio por encima del nuevo índice?

En un contrato de alquiler sujeto al IRAV, el propietario no podrá actualizar el precio por encima de este nuevo índice. Sí que pueden aplicarse subidas acumulativas si la renta no se actualizó el año anterior.

Por ejemplo, si en 2024 el propietario no actualizó el precio al 3% fijado por el Gobierno, este 2025 podría subirlo hasta un 5,20%, esto es, el 3% de 2024 + el 2,20% de 2025.

Alquilar un piso en 2025: ¿sí o no?

En el panorama actual, muchos propietarios se preguntan si vale la pena alquilar su piso para larga estancia, o renovar el contrato de alquiler, si ya existe. Sin embargo, deben tener en cuenta estos tres puntos:

  1. El IPC cerró 2024 al 2,8%: en realidad, la diferencia entre el último dato del IPC y el IRAV es mínima, solo del 0,6%, por lo que la pérdida de rentabilidad es casi despreciable.
  2. Tener un piso vacío cuesta dinero: una vivienda vacía conlleva una serie de gastos que deberá asumir el propietario, como son el mantenimiento de los suministros o el seguro de hogar, por no hablar de la hipoteca, si todavía existe.
  3. Riesgo de okupación: la okupación es una realidad en España, sobre todo en grandes ciudades como Madrid y Barcelona. Los pisos vacíos son los principales objetivos de los okupas, quienes cuentan con mecanismos para detectar las viviendas “candidatas” a ser okupadas.

Por todo esto, alquilar un piso para larga estancia no es solo una forma eficaz de sacar rentabilidad (independientemente de nuevos índices o topes al alquiler allá donde se apliquen), sino también una manera de protegerse de posibles okupas, que podrían quedarse en la vivienda durante mucho tiempo y deteriorarla.

¿Y si es el inquilino el que deja de pagar? En eso hemos pensado en Wolo, la única plataforma de alquiler que ofrece a los propietarios una cobertura desde el primer día y por tiempo indefinido: nuestro servicio de Alquiler Garantizado.

Básicamente, si tu inquilino dejara de pagar el alquiler, nosotros te pagamos a ti, puntualmente y cada mes, y lo seguiremos haciendo hasta que se produzca el desahucio, de cuya gestión también nos encargamos nosotros. Así, con este servicio de alquiler seguro, siempre tendrás la tranquilidad de cobrar tu dinero pase lo que pase, y no tendrás que pasar por la complicada situación que supone un proceso de desahucio.

Por tanto, si eres propietario de una vivienda vacía y quieres sacarle rendimiento (o tienes miedo de sufrir una okupación), disfruta de las ventajas del Alquiler Garantizado de Wolo y sigue viviendo sin preocupaciones: nosotros nos encargamos de proteger tu dinero y tu vivienda.

Nueva ley antiokupas 2024 aprobada en el Congreso

Nueva Ley Antiokupas 2024: ¿qué cambios introduce?

Aunque desde 2021 el número de okupaciones en España se encuentra en una tendencia a la baja, no por ello deja de ser uno de los principales problemas sociales. En la ecuación, los más perjudicados son los propietarios de las viviendas okupadas, que actualmente tienen que esperar como mínimo 6 meses para poder recuperarla.

Precisamente, la nueva ley antiokupas pretende agilizar el procedimiento de desahucio para que se produzca en un plazo de 15 días como máximo. En este artículo te damos todos los detalles de esta medida que marcará un antes y un después en el fenómeno de la okupación.

La nueva Ley Antiokupas, aprobada en el Congreso

En realidad, no se trata de una nueva ley propiamente dicha, sino de la inclusión de la usurpación de bienes inmuebles (coloquialmente llamada okupación) y el allanamiento de morada en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que recoge aquellos delitos que se juzgan de manera abreviada o “rápida”.

La reforma, propuesta por el PNV, recibió el apoyo de PP, Junts, UPN, Coalición Canaria, Bildu y ERC (estos dos últimos por errores en la votación), mientras que PSOE, Sumar, Podemos y BNG se mostraron en contra. Actualmente se encuentra aprobada en el Congreso y debe ser ratificada por el Senado.

Aunque no existe fecha exacta para su aprobación por parte del Senado, el PP tiene mayoría en dicha cámara, por lo que es de esperar que salga adelante y empiece a aplicarse en un plazo de tiempo relativamente corto.

¿Qué cambios introduce la nueva Ley Antiokupas?

La nueva normativa tiene como objetivo principal reducir los tiempos de espera en los procesos judiciales relacionados con okupaciones, al excluirlos de los juicios ordinarios.

Hasta ahora, al ser juzgados de forma ordinaria (es decir, no abreviada), los desalojos podían alargarse durante meses o años debido a la complejidad de los trámites legales y judiciales. Así, con la reforma se introducen los siguientes cambios:

  • Juicios rápidos para allanamientos de morada y usurpaciones: los delitos de allanamiento de morada y usurpación se incluirán en el sistema de juicios rápidos, lo que permitirá resolver estos casos en un plazo máximo de 15 días.
  • Plazo para fijar juicio y dictar sentencia: los jueces dispondrán de 15 días para fijar la fecha del juicio y otros tres días para emitir una sentencia, lo que asegura una respuesta mucho más ágil.
  • Evitar abusos del sistema: la reforma busca minimizar los recursos legales que puedan utilizar los okupas para prolongar su estancia en la vivienda ocupada.

En definitiva, seguirá siendo necesario interponer la denuncia y celebrar el juicio correspondiente, solo que todo el proceso será mucho más rápido que en la actualidad. Igualmente, la reforma excluye el análisis de la vulnerabilidad del okupa o si hay menores de edad en la vivienda, situaciones que, hasta ahora, alargaban el proceso de desahucio.

¿Qué casos regula la nueva Ley Antiokupación?

Esta reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal hace referencia a los casos de invasión de una propiedad ajena, tanto si se trata de un allanamiento de morada como de una usurpación de bienes inmuebles (okupación).

Sin embargo, no abarca casos de inquiokupación, es decir, situaciones en las que un inquilino alquila legalmente una vivienda con intención de convertirse en okupa posteriormente. Esta exclusión ha generado críticas, pero la reforma ha priorizado las okupaciones “al uso”.

Mayor protección para los propietarios de las viviendas

Esta reforma legislativa supone una gran tranquilidad para los propietarios, quienes ahora podrán recuperar sus viviendas de manera más rápida y eficaz. Anteriormente, la lentitud del sistema judicial y los derechos que adquieren los okupas generaban una sensación de impotencia y desprotección ante este fenómeno social.

Sin embargo, con la nueva Ley Antiokupas, los propietarios se sentirán respaldados por un sistema más eficaz y comprometido con sus derechos, aparte de evitar el gasto económico y el desgaste mental que suponía enfrentarse a un proceso de desahucio que duraba meses.

Una solución esperada para un problema preocupante

A la espera de la aprobación por parte del Senado y de las enmiendas prometidas por Bildu y ERC, para los propietarios de viviendas la reforma es una señal de que el sistema avanza hacia la protección de sus derechos.

Aunque aún existen ciertas cuestiones en el aire, la nueva Ley Antiokupas devolverá la tranquilidad a miles de personas que temen por la seguridad de sus viviendas, además de enviar un mensaje claro a quienes se plantean okupar una propiedad privada.

¿Cómo protegerse de la inquiokupación?

Como antes hemos mencionado, y al menos de momento, la inquiokupación queda fuera de la reforma aprobada a iniciativa del PNV. Esto sigue suponiendo un problema, ya que, una vez que el inquilino se convierte en okupa/moroso, el propietario deja de recibir el alquiler.

Por ello, la manera de protegerse de este fenómeno es, en primer lugar, conocer las maneras de detectar a un inquiokupa, y, en segundo lugar, alquilar tu vivienda recurriendo a plataformas o agencias que te ofrezcan una forma de alquiler seguro.

Una de ellas es Wolo, la única plataforma donde te ofrecemos mucho más que un simple seguro de impago: nuestro servicio de Alquiler Garantizado.

  • Cobertura sin límites de tiempo: un seguro de impago cubre entre 6 y 12 meses, pero nuestro Alquiler Garantizado te protege durante todo el tiempo que dure el contrato. Si el inquilino deja de pagar el alquiler, tú seguirás cobrando hasta que se produzca el desahucio.
  • Pagos asegurados desde el primer día: con Wolo no hay periodos de carencia. Si el inquilino no paga, tú sigues cobrando puntualmente desde el primer día de impago, sin interrupciones en tu renta.
  • Acción rápida y efectiva: si ocurre un impago, nuestro equipo especializado actúa de inmediato, gestionando tanto la recuperación extrajudicial de la vivienda como el proceso judicial en paralelo.
  • Gastos cubiertos: desde tasas judiciales hasta los costes legales y de desahucio, en Wolo nos encargamos de todo. Tú no tendrás que preocuparte por nada.

Parece que la nueva reforma protegerá más a los propietarios de los okupas, pero solo en Wolo te protegemos de los posibles inquiokupas garantizándote el cobro del alquiler pase lo que pase y sin límite de tiempo.

Ya son miles los propietarios que han alquilado sus viviendas con Wolo y la tranquilidad de tener su alquiler garantizado. Por algo nos hemos convertido en la plataforma de propietarios de viviendas mejor valorada del país.

¿Tú también quieres alquilar tu piso y seguir viviendo con tranquilidad? Haz clic en el botón y descubre todo lo que podemos hacer por ti y por tu dinero.